RESOLUCION 242 RD 3393 - 6 de Septiembre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447988222

RESOLUCION 242 RD 3393

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3393 6 SEPTIEMBRE 2005
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3393 • pP. 1-42 • 2005 • septiembre 6
42
de Cultura y Turismo - IDCT- para celebrar, un Contra-
to de Apoyo con la Fundación para la Cultura y la Paz
Social- Imago, para la realización del proyecto «For-
mación en valores y fortalecimiento de subjetividades
a través de las Artes Plásticas para jóvenes de esca-
sos recursos», por un valor de dieciséis millones tres-
cientos noventicuatro mil quinientos pesos m/cte.
($16.394.500.oo). Lo anterior se acredita por el Institu-
to mediante certificado de disponibilidad presupuestal
No. 1729 del 3 de agosto de 2005, correspondiente al
programa - Cultura y Arte con Todos y Todas - Apoyos
a proyectos de artes plásticas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes
de septiembre de dos mil cinco (2005).
ENRIQUE BORDA VILLEGAS
Secretario General
Resolución Número 242
(Septiembre 6 de 2005)
«Por la cual se otorga una autorización para
celebrar un contrato de apoyo con la Fundación
Teatro Quimera».
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en uso de sus atribuciones legales, especialmen-
te las conferidas por el artículo 4o. del Decreto
777 de 1992 y el artículo 7o. del Decreto Distrital
854 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modifica-
do por el artículo 4o. del Decreto 1403 de 1992, esta-
blece que para efecto de que un establecimiento públi-
co pueda celebrar un contrato de aquellos de los que
regula dicho decreto, será necesario que la respectiva
entidad descentralizada obtenga la autorización expre-
sa del representante legal de la entidad territorial co-
rrespondiente, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la Ley para la contratación entre particula-
res, salvo lo que dispongan los mencionados decre-
tos. Que se publique el contrato, en este caso para el
Distrito Capital, en el Registro Distrital cuando su cuan-
tía supere los cien (100) salarios mínimos mensuales.
Que previa a la celebración del contrato, se expida un
certificado de disponibilidad presupuestal en el cual
conste que dichos compromisos están amparados con
apropiación presupuestal disponible y que se encuen-
tra acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7o. del Decreto Distrital 854 de
2001 el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., delegó en el
Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad de
expedir las autorizaciones para la celebración de con-
tratos a los cuales se refiere el inciso segundo del artí-
culo 355 de la Constitución Política, de conformidad con
lo establecido en el Decreto Nacional 777 de 1992 y en
el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de 1992.
Que el Instituto Distrital de Cultura y Turismo IDCT,
como establecimiento público, solicita en los términos
del artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modificado
por el artículo 4o. del Decreto 1403 del mismo año,
autorización para celebrar un Contrato de Apoyo a ac-
tividades de interés público con la Fundación Teatro
Quimera, para la realización del proyecto «Celebración
20 Aniversario de la Fundación Teatro Quimera - Fes-
tival de Repertorio» de acuerdo con el proyecto pre-
sentado, por un valor de diecinueve millones seiscien-
tos mil pesos m/cte. ($19.600.000.oo). Lo anterior se
acredita por el Instituto mediante certificado de dispo-
nibilidad presupuestal No. 1308 de junio 29 de 2005,
correspondiente al Proyecto - Cultura y Arte con To-
dos y Todas - Actividad - Apoyos Arte Dramático -
Acción - Apoyos Arte Dramático.

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