RESOLUCION 274 RD 3408 - 29 de Septiembre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447988646

RESOLUCION 274 RD 3408

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3408 29 SEPTIEMBRE 2005
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3408 • pP. 1-8 • 2005 • SEPTIEMBRE 29
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de interés público con la PONTIFICIA UNIVERSIDAD
JAVERIANA para la realización del proyecto «Tercer
Encuentro de Orquestas de Cámara Infantiles y Juve-
niles Pontificia Universidad Javeriana» de acuerdo con
el proyecto presentado, por un valor de dieciséis millo-
nes novecientos noventa y nueve mil seiscientos cin-
cuenta pesos m/ct. ($16.999.650.oo). Lo anterior se
acredita por el Instituto mediante certificado de dispo-
nibilidad presupuestal No. 1925 del 8 de septiembre de
2005, correspondiente al programa - Cultura para la in-
clusión Social - proyecto - Cultura y Arte con Todas y
Todos - actividad - Apoyos Música -acción- Apoyos
Música.
Que la Dirección del Instituto Distrital de Cultura y Tu-
rismo certificó haber cumplido con todos y cada uno
de los requisitos exigidos por los Decretos 777 y 1403
de 1992, para la celebración del contrato aludido.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Instituto Distrital
de Cultura y Turismo - IDCT- para celebrar, a través de
su representante legal, un Contrato de Apoyo a activi-
dades de interés público con la PONTIFICIA UNIVER-
SIDAD JAVERIANA para la realización del proyecto
«Tercer Encuentro de Orquestas de Cámara Infantiles
y Juveniles Pontificia Universidad Javeriana» de acuer-
do con el proyecto presentado, por un valor de dieci-
séis millones novecientos noventa y nueve mil seis-
cientos cincuenta pesos m/cte. ($16.999.650.oo). Lo
anterior se acredita por el Instituto mediante certifica-
do de disponibilidad presupuestal No. 1925 del 8 de
septiembre de 2005, correspondiente al programa -
Cultura para la inclusión Social - proyecto - Cultura y
Arte con Todas y Todos - actividad - Apoyos Música -
acción- Apoyos Música.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días
del mes de septiembre de dos mil cinco (2005).
ENRIQUE BORDA VILLEGAS
Secretario General
Resolución Número 274
(Septiembre 29 de 2005)
«Por la cual se otorga al Instituto Distrital de
Cultura y Turismo una autorización para celebrar
un contrato de apoyo la Fundación Terra Nova».
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus atribuciones legales, especial-
mente las conferidas por el artículo 4o. del Decre-
to Nacional 777 de 1992 y el artículo 7o. del
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modifica-
do por el artículo 4o. del Decreto 1403 de 1992, esta-
blece que para efecto de que un establecimiento públi-
co pueda celebrar un contrato de aquellos de los que
regula dicho decreto, será necesario que la respectiva
entidad descentralizada obtenga la autorización expre-
sa del representante legal de la entidad territorial co-
rrespondiente, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la Ley para la contratación entre particula-
res, salvo lo que dispongan los mencionados decre-
tos. Que se publique el contrato, en este caso para el
Distrito Capital, en el Registro Distrital cuando su cuan-
tía supere los cien (100) salarios mínimos mensuales.
Que previa a la celebración del contrato, se expida un
certificado de disponibilidad presupuestal en el cual
conste que dichos compromisos están amparados con
apropiación presupuestal disponible y que se encuen-
tra acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7o. del Decreto Distrital 854
de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., delegó en
el Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad
de expedir las autorizaciones para la celebración de
contratos a los cuales se refiere el inciso segundo del

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