RESOLUCION 156 RD 3368 - 27 de Julio de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447988674

RESOLUCION 156 RD 3368

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3368 27 JULIO 2005
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3368 • pP. 1-2 • 2005 • JULIO 27
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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL
Resolución Número 156
(Julio 27 de 2005)
"Por la cual se otorga una autorización para
celebrar un contrato de apoyo"
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA
MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
4º del Decreto Nacional 777 de 1992 y el artículo
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4° del Decreto 777 de 1992, modificado
por el artículo 4° del Decreto 1403 de 1992, establece
que para efecto de que un establecimiento público pueda
celebrar un contrato de aquellos de los que regula di-
cho decreto, será necesario que la respectiva entidad
descentralizada obtenga la autorización expresa del re-
presentante legal de la entidad territorial correspondien-
te, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la ley para la contratación entre particulares,
salvo lo que dispongan los mencionados decretos. Que
se publique el contrato, en este caso para el Distrito
Capital, en el Registro Distrital cuando su cuantía su-
pere los cien (100) salarios mínimos mensuales. Que
previa a la celebración del contrato, se expida un cer-
tificado de disponibilidad presupuestal en el cual cons-
te que dichos compromisos están amparados con apro-
piación presupuestal disponible y que se encuentra
acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7° del Decreto Distrital 854
de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D. C. delegó en el
Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad de
expedir las autorizaciones para la celebración de con-
tratos a los cuales se refiere el inciso segundo del ar-
tículo 355 de la Constitución Política, de conformidad
con lo establecido en el Decreto Nacional 777 de 1992
y en el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de 1992.
Que el Fondo de Ventas Populares, como estableci-
miento público, solicita en los términos del artículo 4º
del Decreto 777 de 1992, modificado por el artículo 4°
del Decreto 1403 del mismo año, autorización para
celebrar el contrato de Apoyo a actividades de interés
público con la Fundación Superior Augusto Alonso
Robayo para ofrecer alternativas de formación a ven-
dedores informales en las áreas de Call Center, Artes
Gráficas y Floristería, tendientes al desarrollo de habi-
lidades específicas en el desempeño de un oficio, que
permita potenciar las alternativas de generación de in-
gresos, en el marco del Plan de desarrollo "Bogotá Sin
Indiferencia - Un compromiso social contra la Pobreza
y la Exclusión". Lo anterior se acredita por el Fondo
mediante certificado de disponibilidad presupuestal No.
1063 del 15 de junio de 2005.
Que la Dirección Jurídica Distrital verificó el cumpli-
miento de todos y cada uno de los requisitos exigidos
por los Decretos 777 y 1403 de 1992 para la celebra-
ción del contrato aludido.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar al Fondo de Ventas
Populares para celebrar, a través de su representante
legal, un Contrato de Apoyo a actividades de interés
público con la Fundación Superior Augusto Alonso
Robayo para ofrecer alternativas de formación a ven-
dedores informales en las áreas de Call Center, Artes
Gráficas y Floristería, tendientes al desarrollo de habi-
lidades específicas en el desempeño de un oficio, que
permita potenciar las alternativas de generación de in-
gresos, en el marco del Plan de desarrollo "Bogotá Sin
indiferencia - Un compromiso social contra la Pobreza
y la Exclusión", de conformidad con la propuesta pre-
sentada por LA FUNDACIÓN; por un valor de Ciento
cuarenta y cinco millones ochenta mil pesos moneda
corriente ($145.080.000.oo MCTE).
RESOLUCIONES DE 2005

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