RESOLUCION 197 RD 3287 - 10 de Marzo de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447989822

RESOLUCION 197 RD 3287

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3287 10 MARZO 2005
EmisorSecretaria de Transito y Transporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3287 • pP. 1-15 • 2005 MARZO 10 15
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTÁ D.C.
Resoloución Número 197
(Marzo 2 de 2005)
Por el cual se declara una situación de
emergencia administrativa.
EL SECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades legales y en especial
las que confiere el artículo 2 de la Ley 354
de 2001.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 354 de 2001 determina:
Artículo 2 numeral 2 establece como función del Se-
cretario de Tránsito y Transporte de Bogotá formular
los planes, programas, proyectos y estrategias de la
entidad así como dirigir y evaluar su ejecución con el
fin de garantizar el cumplimiento de la misión, objeti-
vos y funciones de la Secretaría.
Que el artículo 2 numeral 3 determina que le corres-
ponde al Secretario de Transito establecer los objeti-
vos a cumplir para el cabal desarrollo de las funciones
de la Secretaría antes del 31 de Diciembre de cada
año, para la vigencia siguiente, así como los planes
que incluyan los recursos presupuestados necesarios
y las estrategias que habrán de seguir para tal fin.
Que el artículo 2 numeral 6, faculta al Secretario de
Tránsito y Transporte para dictar las medidas que per-
mitan dar cumplimiento a las atribuciones que le con-
fieran las normas vigentes sobre la materia.
Que el artículo 2 numeral 9 del establece que al Se-
cretario de Tránsito le corresponde establecer políti-
cas para la implementación y desarrollo del sistema
de control interno en la Secretaría.
Que el artículo 2 numeral 11 determina que le corres-
ponde al Secretario de tránsito dirigir el funcionamien-
to de la Secretaría y asegurar la aplicación de las
normas que regulan la gestión pública de la entidad.
Que según el numeral 7 del artículo 8 determina que
le corresponde al Subsecretario Jurídico vigilar el cum-
plimiento de las normas en materia del transporte Pú-
blico y adelantar y fallar las investigaciones sobre la
materia, según las normas vigentes, al igual que ade-
lantar el proceso de Cobro Coactivo de las obligacio-
nes a favor del Fondatt, de acuerdo con las normas
vigentes.
Que el artículo 8 numeral 14, determina que le corres-
ponde al Subsecretario Jurídico aplicar los sistemas
de control de gestión para los procesos que se gene-
ren en la dependencia.
Que el artículo 9 numeral 6 determina que a la Subse-
cretaria Financiera le corresponde aplicar el sistema
de control de gestión para los procesos que se gene-
ren en la dependencia.
Que la Contraloría de Bogotá D.C. a través de la Direc-
ción Técnica de Infraestructura y Transporte en desa-
rrollo del Plan de Auditoria Distrital -PAD 2003-2004,
Fase II Auditoria Especial a la Secretaría de Tránsito y
Transporte y el Fondo y seguridad Vial "FONDATT",
determinó "situaciones irregulares en el desarrollo del
procedimiento correspondientes a las investigaciones
Administrativas generadas por la imposición de orde-
nes de comparendos a empresas de transporte Públi-
co, en las que se determinan demoras en las diferentes
etapas del proceso, evidenciando un posible detrimento
patrimonial al Distrito Capital al declararse en diferentes
casos, la caducidad administrativa".
Igualmente determinó la Contraloría de Bogotá D.C. en
la misma auditoria, evidencia de 534.000 registros in-
consistentes en la base de datos de la Secretaria de
Transito y Transporte de Bogotá, los cuales corres-
ponden a 140.000 comparendos cargados a cédulas
de personas fallecidas, 78.000 comparendos indeter-
minados, 276.306 registros de pagos no aplicados y
40.000 registros inconsistentes que se presentaron en
la migración de datos del SISE a DATATOOLS, para
lo cual se requiere conformar un grupo de personas
para que adelanten el proceso de depuración de los
registro en mención.
Que dentro del Plan de mejoramiento presentado a la
Contraloría de Bogotá se establecieron metas y com-
promisos que deben cumplir los diferentes grupos de
la Subsecretaría Jurídica y Subsecretaria Financiera
dentro de la presente vigencia.
Que el 12 de enero de 2005 la Contraloría de Bogotá
presentó al señor Alcalde Mayor de Bogotá un control
fiscal de advertencia del cual se despretende que se
deben tomar correctivos e iniciar acciones necesa-
rias, por parte de la Secretaria de Transito y Transpor-
te, tendientes a mejorar y agilizar los procesos y pro-
cedimientos adelantados por las Subsecretaría Jurídi-
ca y Subsecretaría Financiera, en materia de cobro
coactivo e investigaciones al transporte público y re-
cuperación de cartera.
Que reposan en los Grupos de Transporte público aproxi-
madamente 6572 actuaciones administrativas, adelan-
tadas contra sujetos objeto de sanción, por violación

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