RESOLUCION 166 RD 3307 - 15 de Abril de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447992602

RESOLUCION 166 RD 3307

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3307 15 ABRIL 2005
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3307 • pP. 1-27 • 2005 • ABRIL 15 27
3. Cuando los asociados o usuarios presenten reitera-
damente y por escrito quejas fundadas sobre el servi-
cio prestado por el titular de un código.
4. Por reincidencia en la suspensión del código asig-
nado dentro de un mismo año.
5. Alteración por parte de la persona jurídica titular de
un código, de la información registrada en la respecti-
va libranza”.
El artículo precedente consagra taxativamente las
causales para la cancelación definitiva de los códigos
de descuento, sin incluir lo planteado en el citado artí-
culo 5º. ibídem.
Por lo anterior, es necesario modificar el referido artí-
culo 5º de la Resolución Reglamentaria No. 046 del 11
de noviembre de 2004, en razón a que la falta de pre-
sentación de los documentos exigidos para la renova-
ción del código de descuento, no implica una cancela-
ción definitiva del mismo, pero sí la no renovación, lo
cual involucra la negativa de recepcionar novedades
de ingreso y la no modificación de los descuentos ya
existentes, excepto las de retiro. Las obligaciones vi-
gentes aplicaran hasta que concluyan.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- El artículo quinto de la Reso-
lución Reglamentaria No. 046 del 11 de noviembre de
2004, quedará así: “ARTÍCULO QUINTO: RENOVA-
CIÓN: Para las entidades que en la actualidad tienen
código asignado, se establece un plazo de dos (2)
meses contados a partir de la vigencia del presente
acto administrativo, para que alleguen a la Dirección
Técnica de Talento Humano de la Contraloría de Bogo-
tá, D.C., los requisitos exigidos en el artículo segundo
de la presente Resolución Reglamentaria, los cuales
son el soporte para asignar y mantener la vigencia del
código.
En caso de incumplimiento de los requisitos estableci-
dos, no se surtirá la renovación del código, lo que im-
plica la negativa de recepcionar novedades de ingreso
y la no modificación de los descuentos ya existentes,
excepto las de retiro. Las obligaciones vigentes apli-
caran hasta que concluyan”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación y modifica el
artículo 5º de la Resolución Reglamentaria 046 de 2004.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del
mes de abril de dos mil cinco (2005).
ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA
Contralor de Bogotá, D. C.
INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN
Y EL DEPORTE
Resolución Número 166
(Abril 1 de 2005)
«Por medio de la cual se modifica la Resolución
No. 321 de 2003».
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE,
en uso de sus facultades legales y estatutarias y
en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de
1978, y
CONSIDERANDO:
ce que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, eficacia, econo-
mía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la delegación y la desconcentración
de funciones. Dispone además, que las autoridades
administrativas deben coordinar sus actuaciones para
el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el artículo 3º de la Ley 489 de 1998, establece los
Principios de la función administrativa, indicando que
dicha función se desarrollará conforme a los principios
constitucionales, en particular los atinentes a la buena
fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcia-
lidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, res-
ponsabilidad y transparencia. Los principios anteriores
se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios
públicos, en cuanto fueren compatibles con su natura-
leza y régimen.
Que, adicionalmente, el artículo 4º de la ley ibídem,
señala que para satisfacer las Finalidades de la fun-
ción administrativa, la función administrativa del Esta-
do busca la satisfacción de las necesidades generales
de todos los habitantes, de conformidad con los princi-
pios, finalidades y cometidos consagrados en la Cons-
titución Política. Los organismos, entidades y perso-
nas encargadas, de manera permanente o transitoria,

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