RESOLUCION 191 RD 3589 - 8 de Agosto de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447998158

RESOLUCION 191 RD 3589

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3589 8 AGOSTO 2006
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3589 • pP. 1-8 • 2006 • AGOSTO 8
8
por un valor de dos millones ochocientos mil pesos mil
m/cte ($2.800.000.oo). Lo anterior se acredita por el
Instituto mediante certificado de disponibilidad
presupuestal No. 714 del 23 de marzo de 2006, corres-
pondiente al programa de apoyos concertados de mú-
sica - actividad – Apoyo a proyectos de creación y
gestión artísticas, cultural y del patrimonio. La activi-
dad a desarrollar por la Corporación es un seminario
en cinco sesiones de dos conferencias de una hora
cada una, para un total de diez conferencias, donde se
ilustrará sobre la vida y obra de Mozart con ejemplos
de obras de Mozart en DVD, CD y diapositivas expli-
cativas en power-point.
Que la Dirección del Instituto Distrital de Cultura y Tu-
rismo certificó haber cumplido con todos y cada uno
de los requisitos exigidos por los Decretos 777 y 1403
de 1992 para la celebración del contrato aludido.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar al Instituto Distrital
de Cultura y Turismo - IDCT - para celebrar a través de
su representante legal, un Contrato de Apoyo a activi-
dades de interés público con la CORPORACION CUL-
TURAL OTTO DE GREIFF, para apoyar la programa-
ción, difusión y realización permanente de actividades
y presentaciones escénicas de interés público en la
Sala Oriol Rangel de acuerdo con el proyecto presen-
tado, en el marco del Plan de Desarrollo «Bogotá Sin
Indiferencia», actividad «Apoyo a proyectos de crea-
ción y gestión artística, cultural y del patrimonio», por
un valor de dos millones ochocientos mil pesos mil m/
cte ($2.800.000.oo). Lo anterior se acredita por el Ins-
tituto mediante certificado de disponibilidad
presupuestal No. 714 del 23 de marzo de 2006, corres-
pondiente al programa de Apoyos Concertados de
música - actividad – Apoyar proyectos de creación y
gestión artística, cultural y del patrimonio de los pro-
yectos culturales. La actividad a desarrollar por la Cor-
poración es un seminario en cinco sesiones de dos
conferencias de una hora cada una, para un total de
diez conferencias, donde se ilustrará sobre la vida y
obra de Mozart con ejemplos de obras de Mozart en
DVD, CD y diapositivas explicativas en power-point.
ARTICULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes
de agosto de dos mil seis (2006).
ENRIQUE BORDA VILLEGAS
Secretario General
Resolución Número 191
(Agosto 8 de 2006)
«Por la cual se otorga una autorización para
celebrar un contrato de apoyo con la Fundación
Sainville Funsainville».
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA
MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
4º del Decreto Nacional 777 de 1992 y el artículo
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4° del Decreto 777 de 1992, modificado
por el artículo 4° del Decreto 1403 de 1992, establece
que para efecto de que un establecimiento público pueda
celebrar un contrato de aquellos de los que regula di-
cho decreto, será necesario que la respectiva entidad
descentralizada obtenga la autorización expresa del re-
presentante legal de la entidad territorial correspondien-
te, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la ley para la contratación entre particulares,
salvo lo que dispongan los mencionados decretos. Que
se publique el contrato, en este caso para el Distrito
Capital, en el Registro Distrital cuando su cuantía su-
pere los cien (100) salarios mínimos mensuales. Que
previa a la celebración del contrato, se expida un cer-
tificado de disponibilidad presupuestal en el cual cons-

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