RESOLUCION 209 RD 3591 - 11 de Agosto de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447998538

RESOLUCION 209 RD 3591

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3591 11 AGOSTO 2006
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3591 • pP. 1-14 • 2006 • AGOSTO 11
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ARTICULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de agosto de dos mil seis (2006).
ENRIQUE BORDA VILLEGAS
Secretario General
Resolución Número 209
(Agosto 11 de 2006)
«Por la cual se otorga una autorización al Institu-
to Distrital para la Protección de la Niñez y la
Juventud - IDIPRON la celebración de un contrato
de apoyo con la Cooperativa de Trabajo Asociado
Serviasociadoscoop”.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
4º del Decreto Nacional 777 de 1992 y el artículo
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4° del Decreto 777 de 1992, modificado
por el artículo 4° del Decreto 1403 de 1992, establece
que para efecto de que un establecimiento público pueda
celebrar un contrato de aquellos de los que regula di-
cho decreto, será necesario que la respectiva entidad
descentralizada obtenga la autorización expresa del re-
presentante legal de la entidad territorial correspondien-
te, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la ley para la contratación entre particulares,
salvo lo que dispongan los mencionados decretos. Que
se publique el contrato, en este caso para el Distrito
Capital, en el Registro Distrital cuando su cuantía su-
pere los cien (100) salarios mínimos mensuales. Que
previo a la celebración del contrato, se expida un cer-
tificado de disponibilidad presupuestal en el cual cons-
te que dichos compromisos están amparados con apro-
piación presupuestal disponible y que se encuentra
acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7° del Decreto Distrital 854
de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D. C. delegó en el
Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad de
expedir las autorizaciones para la celebración de con-
tratos a los cuales se refiere el inciso segundo del ar-
tículo 355 de la Constitución Política, de conformidad
con lo establecido en el Decreto Nacional 777 de 1992
y en el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de 1992.
Que el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez
y la Juventud -IDIPRON-, como establecimiento públi-
co, solicita en los términos del artículo 4º del Decreto
777 de 1992, modificado por el artículo 4° del Decreto
1403 del mismo año, autorización para celebrar el con-
trato de apoyo y realizar actividades de interés público
con la Cooperativa de Trabajo Asociado
Serviasociadoscoop», ejecutando actividades de co-
ordinación, nutrición, apoyo social, lúdicas, taller y área
de cocina del comedor comunitario que atenderá la
entidad contratante dentro del marco del Convenio
Interadministrativo No. 001 de 2006 que actualmente
tiene suscrito con la Alcaldía Local de Usme, y que de
acuerdo con la propuesta presentada, asciende a la
suma de Ciento cuarenta y tres millones de pesos m/
cte ($143.000.000.00). Acreditando el Instituto dispo-
ner con los respectivos recursos económicos, según
consta en certificado de disponibilidad presupuestal
número 2006010838 de julio 14 de 2006, correspon-
diente al Código Presupuestal 331120101-0198-1, con-
cepto Comedores Comunitarios: Primer paso del pro-
ceso educativo de los sectores vulnerables.
Que la dirección para la Protección de la Niñez y la
Juventud - IDIPRON, certificó haber cumplido con to-
dos y cada uno de los requisitos exigidos por los De-
cretos 777 y 1403 de 1992 para la celebración del
contrato aludido.

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