RESOLUCION 168 RD 3587 - 3 de Agosto de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447998614

RESOLUCION 168 RD 3587

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3587 3 AGOSTO 2006
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3587 • pP. 1-1 • 2006 • AGOSTO 3 1
RESOLUCIONES DE 2006
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 40
Número 3587
2006 AGOSTO 3
SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
Resolución Número 168
(Agosto 3 de 2006)
«Por la cual se otorga al Instituto Distrital de
Cultura y Turismo una autorización para celebrar
un contrato de apoyo con la Fundación Danza
Común».
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en uso de sus atribuciones legales, especialmen-
te las conferidas por el artículo 4º del Decreto
Nacional 777 de 1992 y el artículo 7° del Decreto
Distrital 854 de 2001,
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional
de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración
de los contratos a que se refiere el inciso segundo del
artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4° del Decreto 777 de 1992, modificado
por el artículo 4° del Decreto 1403 de 1992, establece
que para efecto de que un establecimiento público pueda
celebrar un contrato de aquellos de los que regula di-
cho decreto, será necesario que la respectiva entidad
descentralizada obtenga la autorización expresa del re-
presentante legal de la entidad territorial correspondien-
te, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica
y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro
para realizar el objeto del contrato. Que consten por
escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades
que exige la ley para la contratación entre particulares,
salvo lo que dispongan los mencionados decretos. Que
se publique el contrato, en este caso para el Distrito
Capital, en el Registro Distrital cuando su cuantía su-
pere los cien (100) salarios mínimos mensuales. Que
previa a la celebración del contrato, se expida un cer-
tificado de disponibilidad presupuestal en el cual cons-
te que dichos compromisos están amparados con apro-
piación presupuestal disponible y que se encuentra
acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7° del Decreto Distrital 854
de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D. C. delegó en el
Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad de
expedir las autorizaciones para la celebración de con-
tratos a los cuales se refiere el inciso segundo del
dad con lo establecido en el Decreto Nacional 777 de
1992 y en el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de
1992.
Que el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, como
establecimiento público, solicita en los términos del
artículo 4º del Decreto 777 de 1992, modificado por el
artículo 4° del Decreto 1403 del mismo año, autoriza-
ción para celebrar el contrato de apoyo a actividades

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