RESOLUCION 001 RD 3502 - 9 de Marzo de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448006218

RESOLUCION 001 RD 3502

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3502 9 MARZO 2006
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3502 • pP. 1-8 • 2006 • marzO 9
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hículos adaptados para este tipo de
transporte y siguiendo los parámetros
establecidos en el presente protocolo.
b) Se permitirá el desplazamiento autó-
nomo de maquinaria en tramos de lon-
gitud inferiores a 200 mts, siempre y
cuando el desplazamiento se realice
entre frentes de obra y bajo las siguien-
tes condiciones de seguridad:
1. Se deberá informar oportunamente a
la Secretaría de Tránsito y Transpor-
te sobre los desplazamientos que se
realizarán.
2. La maquinaria deberá circular con la
presencia de dos vehículos acompa-
ñantes (Tipo utilitario) que transiten
permanentemente uno delante y otro
detrás de la maquinaria, a una distan-
cia de diez (10) metros de ésta, para
que adviertan a los conductores de los
vehículos que transitan sobre la vía
sobre los posibles peligros que pue-
den presentarse.
3. Los desplazamientos deberán realizar-
se en horas valle que no coincidan con
horarios de desplazamientos de estu-
diantes o de personal de empresas y
fábricas ubicadas en el sector del pro-
yecto.
4. Los vehículos acompañantes y la
maquinaria deberán estar dotados de
los avisos o señales según lo contem-
plado en el literal e) del numeral 2.3
del presente protocolo.
5. Se deberá cumplir con los numerales
2.3.1 y 2.3.2 del presente protocolo.
4. Vigencia
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
publicación en la Gaceta Distrital y hasta tanto entre
en vigencia la Resolución 3800 del 2 de diciembre de
2005, expedida por el Ministerio de Transporte.
Marzo siete (7) de dos mil seis (2006).
JUSTO GERMÁN BERMÚDEZ GROSS
Secretario de Tránsito y Transporte de Bogotá
INSTITUTO DISTRITAL PARA LA
RECREACION Y EL DEPORTE
Resolución Número 001
(Marzo 3 de 2006)
“Por la cual se modifica parcialmente la Resolu-
ción de Junta Directiva No. 002 del 13 de septiem-
bre de 2005”.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO
DISTRITAL PARA LA RECREACION Y
EL DEPORTE
En uso de sus facultades legales y, en especial
las conferidas por el numeral 5° del artículo 5°
del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7 del artículo
17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997
y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Depor-
te, es un establecimiento público descentralizado del
orden Distrital, con personería jurídica, autonomía ad-
ministrativa y patrimonio independiente, sujeto a las
normas de derecho público, creado mediante el Acuer-
do 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en
1978, cuya máxima autoridad administrativa la consti-
tuye la Junta Directiva.
Que el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993, seña-
la que la autonomía administrativa y presupuestal de
las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a
las normas que las organizan y la tutela de la adminis-
tración a que están sometidas tendrá por objeto el con-
trol de sus actividades y la coordinación de éstas con
las políticas del gobierno Distrital.
Que el numeral 7° del artículo 17 de la Resolución 05
del 13 de 1997 dispone que es función de la Junta
Directiva “...adoptar la estructura orgánica del Institu-
to. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar
dependencias y cargos de la entidad, sin generar con
ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las
escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar
las funciones básicas de las distintas dependencias”.
Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público,
la carrera administrativa y la gerencia pública es apli-
cable a los empleados que prestan sus servicios en
las entidades distritales.
Que el Decreto 785 de 2005, establece el sistema de
nomenclatura y clasificación y de funciones y requisi-
tos generales de los empleos de las entidades territo-
riales y suprime el nivel ejecutivo.

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