RESOLUCION 172 RD 3077 - 6 de Abril de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448651738

RESOLUCION 172 RD 3077

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3077 6 ABRIL 2004
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3077 • pP. 1-1 • 2004 abril 6 11
11
1
AÑO 38
Número 3077
2004 abril 6
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2004
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Número 172
(Abril 6 de 2004)
«Por la cual se otorga una autorización».
LA SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en uso de sus atribuciones legales, especialmente
las conferidas por el artículo 4o. del Decreto
Nacional 777 de 1992 y el artículo 7o. del Decreto
Distrital 854 de 2001,
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 constitucional
estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recur-
sos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad con el fin de impulsar programas y activida-
des de interés público acordes con el plan seccional de
desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración de
los contratos a que se refiere el inciso segundo del ar-
tículo 355 constitucional mediante el Decreto 777 de
1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4o. del Decreto 777 de 1992, modifica-
do por el artículo 4o. del Decreto 1403 de 1992, esta-
blece que para efecto de que un establecimiento públi-
co pueda celebrar un contrato de aquellos de los que
regula dicho decreto, será necesario que la respectiva
entidad descentralizada obtenga la autorización expre-
sa del representante legal de la entidad territorial co-
rrespondiente, esto es, del Distrito Capital.
Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403
de 1992, dentro de los principales requisitos que se
deben tener en cuenta para la celebración de este tipo
de contratos se encuentran los siguientes: Que se rea-
licen con entidades privadas sin ánimo de lucro de re-
conocida idoneidad con el propósito de impulsar pro-
gramas y actividades de interés público, entendiendo
por reconocida idoneidad, la experiencia con resulta-
dos satisfactorios que acreditan la capacidad técnica y
administrativa de las entidades sin ánimo de lucro para
realizar el objeto del contrato. Que consten por escrito
y se sujeten a los requisitos y formalidades que exige
la Ley para la contratación entre particulares, salvo lo
que dispongan los mencionados decretos. Que se pu-
blique el contrato, en este caso para el Distrito Capital,
en el Registro Distrital cuando su cuantía supere los
cien (100) salarios mínimos mensuales. Que previa a
la celebración del contrato, se expida un certificado de
disponibilidad presupuestal en el cual conste que di-
chos compromisos están amparados con apropiación
presupuestal disponible y que se encuentra acorde con
el plan de desarrollo distrital vigente.
Que mediante el artículo 7o. del Decreto Distrital 854
de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., delegó en el
Secretario General de la Alcaldía Mayor la facultad de
expedir las autorizaciones para la celebración de con-
tratos a los cuales se refiere el inciso segundo del artí-
culo 355 de la Constitución Política, de conformidad
con lo establecido en el Decreto Nacional 777 de 1992
y en el artículo 4 del Decreto Nacional 1403 de 1992.
Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Depor-
te - IDRD, como establecimiento público, solicita en
los términos del artículo 4o. del Decreto 777 de 1992,
modificado por el artículo 4o. del Decreto 1403 del mis-
mo año, autorización para celebrar un Contrato de Co-
laboración con la entidad sin ánimo de lucro
Correcaminos de Colombia, para apoyar la realización
de la V Media Maratón Internacional de Bogotá, por un
valor de trescientos cincuenta millones de pesos mo-
neda corriente ($350.000.000). Lo anterior se acredita

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