RESOLUCION 438 RD 3188
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 3188 29 SEPTIEMBRE 2004 |
Emisor | Secretaria de Transito y Transporte |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3188 • pP. 1-1 • 2004 • SEPTIEMBRE • 29 11
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REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 38
Número 3188
2004 • SEPTIEMBRE • 29
RESOLUCIONES DE 2004
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Número 438
(Septiembre 28 de 2004)
Por el cual se revoca una delegación y se
reasumen unas funciones.
EL SUBSECRETARIO JURÍDICO DE LA SECRETA-
RIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA
D.C.
En uso de sus facultades legales y en especial
las que confiere el artículo 8 de la Ley 354 de
CONSIDERANDO
Que el artículo 211 de la Constitución Nacional, autori-
za a la Ley para fijar las condiciones conforme a las
cuales las autoridades administrativas pueden dele-
gar funciones y competencias en sus subalternos o en
otras autoridades.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 209 de
la Constitución Nacional, la función administrativa está
al servicio de los intereses generales con fundamento
en los principios de eficacia, economía y celeridad, a
través de la delegación.
Que según lo que establece el artículo 9º. de la Ley
489 de 1998, las autoridades administrativas, pueden
mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de
sus funciones a sus colaboradores.
Que el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 determina que
la autoridad delegante puede en cualquier tiempo rea-
sumir la competencia delegada.
Que el artículo 8 de la Ley 354 de 2001, establece las
funciones de la Subsecretaría Jurídica, en especial el
numeral 7 “Vigilar el cumplimiento de las normas en
materia de transporte público adelantar y fallar las in-
vestigaciones sobre la materia, según las normas vi-
gentes”
Que mediante las resoluciones 383 de agosto de 2003
y 060 de mayo de 2004, se delegó en la Coordinadora
del grupo de Investigaciones e Inmovilización de trans-
porte Público Colectivo y el Asesor 105 grado 05 de la
Subsecretaría Jurídica, la función de fallar las investi-
gaciones por infracciones a las normas de transporte,
relacionado con el transporte público colectivo.
Que a la fecha y debido al cúmulo de investigaciones
existentes por violación a las normas de transporte
público, tanto de transporte individual, como colecti-
vo, se requiere unificar los procedimientos a efectos
de buscar mayor agilidad y eficacia en las investiga-
ciones.
En consecuencia;
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO.- Revocar las resoluciones 383
de 2003 y 060 de 2004, por las consideraciones ex-
puestas.
ARTICULO SEGUNDO.- Reasumir la competencia re-
lacionada con los procesos por violación a las normas
de transporte, adelantando y fallando las investigacio-
nes sobre la materia, según las normas vigentes en la
Subsecretaría Jurídica.
ARTICULO TERCERO.- La presente resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las dispo-
siciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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