RESOLUCION 1221 RD 3204 - 22 de Octubre de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448653542

RESOLUCION 1221 RD 3204

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3204 22 OCTUBRE 2004
EmisorSecretaria de Transito y Transporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3204 • pP. 1-10 • 2004 • OCTUBRE 22
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Decreto Número 341
(Octubre 22 de 2004)
Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito
«Ciudad de Bogotá» en el grado de Gran Oficial a
la Asociación Colombiana de Locutores (ACL).
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
Como Jefe de Gobierno de la Administración
Distrital, en ejercicio de las atribuciones señala-
das en el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 35 y
el Decreto 693 de 1971, y
CONSIDERANDO:
Que con el propósito de honrar a nacionales y extran-
jeros que se hayan hecho merecedores de una exalta-
ción en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciuda-
danía, creó por Decretos Números 0693 del 7 de junio
de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil
al Mérito «Ciudad de Bogotá».
Que el artículo 20 de la Ley 693 del 7 de junio de 1971
señala que la placa de Gran Oficial podrá concederse
a personas y entidades nacionales o extranjeras que
se hayan distinguido extraordinariamente por sus ser-
vicios a la República o a la Ciudad.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito «Ciudad de
Bogotá», se reunió el día 22 de Octubre de 2004 y
aprobó de conformidad con el artículo 7 del Decreto
No. 693 del 7 de junio de 1971, otorgar la Orden Civil al
Mérito «Ciudad de Bogotá» en el grado de Gran Ofi-
cial, a la Asociación Colombiana de Locutores.
Que en 1954 Carlos Pinzón y Julio Sánchez Vanegas,
dieron vida y delinearon los principales objetivos de la
Asociación Colombiana de Locutores (ACL), entidad
que agrupa a los profesionales de la voz.
Que desde hace 50 años la Asociación Colombiana de
Locutores, no sólo ha marcado una época del periodis-
mo hablado en Colombia, sino que aún hoy es un ma-
gisterio que sigue vivo en su tarea de ser un vaso co-
municante entre los ciudadanos y las instituciones.
Que la ACL ha liderado la construcción de un marco
legislativo para la locución, ha gestionado políticas que
tienen que ver con el sector y ha sido actor relevante e
intérprete de la vida cotidiana del país.
Que ésta Asociación es un referente de trabajo en equi-
po, de sumar socios, esfuerzos, de pujanza y perse-
verancia.
Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá dar justo
reconocimiento a la Asociación Colombiana de Locu-
tores, de conformidad con el artículo 35 del Decreto
Ley 1421 de 1993.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase la Orden Civil al
Mérito «Ciudad de Bogotá» en el Grado de Gran Oficial
a la Asociación Colombiana de Locutores.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En ceremonia especial el Al-
calde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la con-
decoración y copia del decreto en nota de estilo a Magda
Egas, en su calidad de Presidenta de la Asociación
Colombiana de Locutores.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del
mes de octubre de dos mil cuatro (2004).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor - Gran Maestre
ROCÍO SANDAÑO DE ÁNGEL
Secretaria de Gobierno - Gran Canciller
RESOLUCIONES DE 2004
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DE BOGOTÁ, D.C
Resolución Número 1221
(Octubre 20 de 2004)
“Por medio del cual aclara la Resolución 1286 del
09 de diciembre de 2003”.
EL SECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DE BOGOTÁ, D.C
En ejercicio de sus facultades legales y en espe-
cial las conferidas por la Ley 336 artículo 3°, y el
artículo 2° numerales 1 y 6 del Decreto 354 de
2001
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo
46 literal e) de la Ley 336 de 1996, en todos los casos
de conductas que constituyan violación a las normas
de transporte y no tengan asignada una sanción espe-
cífica, se deberá aplicar una multa entre 1 y 700 sala-
rios mínimos mensuales legales vigentes, teniendo en
cuenta las implicaciones de la infracción.

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