RESOLUCION 9504 RD 2998 - 1 de Diciembre de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448967326

RESOLUCION 9504 RD 2998

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2998 1 DICIEMBRE 2003
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 2998 • pP. 1-57 • 2003 DICIEMBRE 1 5757
5757
57
cobertura bruta del 99% en el sistema educativo públi-
co y privado.
5) Que para lograrlo, como proyectos prioritarios se
establecieron: el Proyecto de Subsidios a la demanda
de educación, mediante la realización de convenios con
instituciones educativas privadas e instituciones con
las cuales se suscriban contratos de concesión educa-
tiva y, el proyecto de construcción de establecimientos
educativos para ampliar la oferta del sistema educativo
oficial para la población en edad escolar de las zonas
con mayor déficit de atención educativa.
6) Que el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, modificatorio
del artículo 10 de la Ley 9 de 1989, literal a), declaró de
utilidad pública e interés social la adquisición de
inmuebles para destinarlos entre otros fines, a la «Eje-
cución de proyectos de Construcción de infraestructu-
ra social en los sectores de la salud, educación, re-
creación, centrales de abasto y seguridad ciudadana».
7) Que de la misma manera el artículo 491 del Decreto
619 de 2000, P.O.T., manifiesta que «El Distrito Capi-
tal es competente para adquirir por enajenación volun-
taria, o mediante el procedimiento de expropiación los
inmuebles que requiera para el cumplimiento de los fi-
nes previstos en el artículo 58 de la Ley 388 de 1997 y
demás disposiciones que contengan motivos de utili-
dad pública. También son competentes para adquirir
inmuebles en el Distrito Capital, los establecimientos
públicos distritales, las empresas industriales y comer-
ciales del Distrito y las sociedades de economía mixta
asimiladas a las anteriores, cuando vayan a desarrollar
alguna o algunas de las actividades previstas en las
normas referidas».
8) Que de conformidad con lo señalado en los
considerandos anteriores, y en concordancia con lo dis-
puesto por el artículo 59 de la Ley 388 de 1997 y el
artículo 491 del Decreto 619 de 2000, la Secretaría de
Educación Distrital es una de las entidades competen-
tes para adquirir predios, destinados a lo dispuesto en
el literal a) del artículo 58 de la mencionada Ley.
9) Que el artículo 492 del Decreto 619 de 2000, señala
que el Objeto Específico para la adquisición de uno o
más inmuebles por parte de una entidad competente,
lo constituye la obra, el programa, o la actuación que la
entidad se propone ejecutar en desarrollo del artículo
58 de la Ley 388 de 1997, sin necesidad de que exista
un acto jurídico específico que así lo declare y que
habiéndose identificado el objeto específico de adqui-
sición se expida acto administrativo que ordene los
estudios de conveniencia social, técnica, jurídica y
económica.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Acometer la ejecución del pro-
yecto en las localidades que establezca la Secretaría de
Educación de acuerdo a sus prioridades para cubrir el
déficit de cobertura escolar, para la adquisición de pre-
dios dentro del programa «Educación para la Era del
Conocimiento», subprograma: construcción de estable-
cimientos educativos: Ampliación de la oferta del siste-
ma educativo oficial para la población en edad escolar.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar el análisis de conve-
niencia y viabilidad de los estudios de tipo social, téc-
nico, jurídico y económico que fundamenten las adqui-
siciones.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a
partir de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del
mes de noviembre de dos mil tres (2003).
MARGARITA PEÑA BORRERO
Secretaria de Educación
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C.
Resolución Número 9504
(17 de Octubre de 2003)
"Por medio de la cual se adicionan procedimientos
al Programa de Reasentamiento reglamentado por
la resolución 2150 de 2001 y sus resoluciones
modificatorias con el fin de posibilitar el ingreso al
Programa de Reasentamiento a través de la figura
de Actas de Transacción para los titulares aparen-
tes y poseedores de los predios que se encuentran
en trámites de expropiación y para aquellos que
suscribieron Actas de Acuerdo".
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO,
en ejercicio de sus funciones legales, en especial
las conferidas por el Acuerdo 19 de 1972 y el
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 2150 del 30 de Agosto de
2001 y sus Resoluciones modificatorias se adoptó el
Programa de Reasentamiento para la población afecta-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR