RESOLUCION 392 RD 2932 - 21 de Agosto de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448970750

RESOLUCION 392 RD 2932

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2932 21 AGOSTO 2003
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 37 • Número 2932 • pP. 1-14 • 2003 AGOSTO 21
14
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Agosto 21 de 2003.
JAVIER ALBERTO HERNÁNDEZ
Secretario de Tránsito y Transporte
INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN
Y EL DEPORTE
Resolución Número 392
(Agosto 15 de 2003)
"Por la cual se modifica la resolución 500 del 28 de
agosto de 2001 - Carta fundamental para la organi-
zación de los Certámenes Deportivos en el Sector
Formativo"
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y
EL DEPORTE,
en uso de sus facultades legales y estatutarias y en
especial las que le confiere el acuerdo N° 04 de
1978, el Acuerdo No.17 de 1996, la Ley 181 de 1995,
y
CONSIDERANDO:
Que según lo previsto en el artículo 2° del acuerdo 4 de
1978 emitido por el H. Concejo de Bogotá, D.C., es
función del Instituto formular políticas para el desarro-
llo masivo del deporte y la recreación en el Distrito Ca-
pital con el fin de contribuir al mejoramiento físico y
mental de sus habitantes especialmente de la juven-
tud.
Que dentro de las políticas y misión del Instituto Distrital
para la Recreación y el Deporte está la de fomentar la
recreación, el deporte, la sana competencia y juego lim-
pio, el aprovechamiento del tiempo libre y el buen uso
de los escenarios.
Que según lo establecido en el artículo 14 de la Ley
181 de 1995, el Instituto en conjunto con la Secretaria
de Educación del Distrito Capital han diseñado y auna-
do esfuerzos, recursos y apoyos parta el desarrollo de
los Certámenes Deportivos para el Sector Formativo.
Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Depor-
te, como único ente deportivo Distrital, desarrolla pro-
gramas y actividades que permitan fomentar la prácti-
ca del deporte la recreación, el aprovechamiento del
tiempo libre y la educación física en el territorio del Dis-
trito Capital.
Que el artículo 16 de la Ley 181 de 1995 define el
Sector Formativo como " aquel que tiene como finali-
dad contribuir al desarrollo integral del individuo. Com-
prende los procesos de iniciación, fundamentación y
perfeccionamiento deportivos. Tiene lugar tanto en los
programas del sector educativo formal y no formal, como
en los programas desescolarizados de las Escuelas de
Formación Deportiva y semejantes". Así mismo, se-
gún el artículo 17 de dicha Ley, el deporte formativo "
hace parte del Sistema Nacional del Deporte y planifica
en concordancia con el Ministerio de Educación Nacio-
nal la enseñanza y utilización constructiva del tiempo
libre y la educación en el ambiente para el perfecciona-
miento personal y el servicio a la comunidad, diseñan-
do actividades en deporte y recreación para niños, jó-
venes, adultos y personas de la tercera edad".
Que la resolución 864 de mayo 22 de 2003, expedida
por el Instituto Colombiano del Deporte-Coldeportes por
la cual se promulga la Carta Fundamental de los Zonales
y Final Nacional de los Juegos Intercolegiados Nacio-
nales, en su Artículo 27 establece que " Para el desa-
rrollo del programa a nivel Departamental o Distrito D.C.
, los Institutos deportivos Departamentales o Distrital
D.C., elaborará mediante resolución el respectivo re-
glamento y definirá los aspectos técnicos, administra-
tivos y económicos, señalando con claridad la respon-
sabilidad y compromisos de las entidades que intervie-
nen en su organización. (Gobernaciones, Distrito D.C. ,
Alcaldías, Secretarías de Educación, Institutos Muni-
cipales de Deporte, Empresa Privada.)".
Que los Juegos Escolares e Intercolegiados Distritales
, cuentan con el apoyo de la Secretaría de Educación
del Distrito, razón por la cual dichos eventos hacen parte
de los calendarios académicos de los Centros Educati-
vos del Distrito Capital.
Que la Copa Elite y los Campeonatos Inter-escuelas
hacen parte de una estrategia institucional para pro-
mover y fortalecer el deporte formativo en el Distrito
Capital.
Que el artículo 4 de la Resolución 500 de 2001, se
modificó en el sentido de incluir los años 2004 y 2005,
así como en el voleibol se aumento la edad hasta 17
años.
Que el articulo 9 de la misma resolución, modificó la
palabra fase por etapa así como en lo relacionado a la
conformación de los equipos que participan en la etapa
eliminatoria y semifinal, por ultimo se eliminó en el
inciso 4 del mismo artículo la frase "En esta fase los
tres (3) primeros equipos ascenderán al grupo que
participará en la copa élite siguiente versión".
Que en el artículo 12, se incluyo la categoría infantil,
se especifico la forma de escoger los 8 mejores cole-
gios del Distrito y a los invitados especiales, quienes

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