RESOLUCION 0108 RD 5405 - 31 de Julio de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538889470

RESOLUCION 0108 RD 5405

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5405 31 JULIO 2014
EmisorMetrovivienda
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5405 • pP. 1-54 • 2014 • JUlIO 31
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nera que los derechos queden resarcidos en el menor
tiempo posible.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Ordénese los pagos de ayu-
das humanitarias de carácter pecuniario a las familias
recomendadas en el programa de reasentamiento en la
modalidad de reparación y reconstrucción de vivienda
de conformidad con lo establecido en la Resolución
091 de 2014.
PARÁGRAFO 1.- Los pagos se harán hasta agotar los
recursos dispuestos en el Certicado de Disponibilidad
Presupuestal No. 847 de fecha 27 de junio de 2014
por valor de SEIS MILLONES DE PESOS ($6´000.000.
oo) Rubro Presupuestal 3-3-1-14-02-20-0788-200 por
concepto de Reducción y manejo integral del riesgo
de familias localizadas en zonas de alto riesgo no
mitigable.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Para la expedición del re-
gistro presupuestal y el pago individual de las ayudas
humanitarias, se reconoce como acto de ejecución
para el trámite del mismo, la solicitud de pago, la
cual deberá estar suscrita por el Director del FOPAE
en transición a IDIGER, en calidad de ordenador del
gasto y el Subdirector de Participación y Gestión Local
de Riesgos, en calidad de Responsable del proceso.
La solicitud deberá contener el Certicado de Dispo-
nibilidad Presupuestal que la ampara, el nombre del
beneciario, su identicación, domicilio y el valor a
reconocer.
PARÁGRAFO 1.- El Subdirector de Participación y
Gestión Local de riesgos, deberá consolidar el expe-
diente que soporta el acto administrativo de ejecución
(solicitud de pago), con los documentos señalados en
a cada situación.
PARÁGRAFO 2.- El valor del pago será cancelado
a favor del beneciario(a), jefe o responsable de la
familia, de manera individual lo cual se noticará en
el mismo momento en el que se realice la visita de
vericación de la evacuación.
ARTÍCULO TERCERO.- El Responsable de Presu-
puesto, deberá expedir los registros presupuestales de
manera individual para cada beneciario con un plazo
máximo que no exceda la vigencia scal.
ARTÍCULO CUARTO.- El pago de las ayudas huma-
nitarias debe ceñirse a los procedimientos y formatos
estandarizados y adoptados desde el Sistema de
Gestión de Calidad.
ARTÍCULO QUINTO.- Quien obtenga la ayuda huma-
nitaria mediante engaño sobre los requisitos requeri-
dos para su concesión u omitiendo datos relevantes,
incurrirá en las sanciones de ley, perderá el derecho
y deberá reembolsar el dinero al Fondo de Prevención
y Atención de Emergencias - FOPAE en transición a
IDIGER.
ARTÍCULO SEXTO.- La presente resolución rige a
partir de su publicación en debida forma.
Dada en Bogotá, a los veintiocho (28) días del
mes de julio de dos mil catorce (2014).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JAVIER PAVA SÁNCHEZ
Director General
Fondo de Prevención y Atención de Emergencias
METROVIVIENDA
Resolución Número 0108
(Julio 30 de 2014)
“Por la cual se adopta el manual de contratación
de Metrovivienda”
EL GERENTE GENERAL DE METROVIVIENDA
Empresa Industrial y Comercial del Orden Distrital,
en uso de las facultades conferidas por el
literal b) del artículo 21 del Acuerdo 1 de 1999,
estatutos, y el numeral 2 del artículo segundo
del Acuerdo 41 de 2008, expedidos por la Junta
Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en el artículo 209 señala:
“La función administrativa está al servicio de los inte-
reses generales y se desarrolla con fundamento en los
principios de igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la des-
centralización, la delegación y la desconcentración de
funciones”.
Que el numeral 5 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993,
establece que la responsabilidad de la dirección y
manejo de la actividad contractual es el Jefe o Repre-
sentante Legal de la Entidad Estatal.
Que el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013 establece
que las entidades estatales deben contar con un ma-
nual de contratación, que cumpla con los lineamientos
que para el efecto señale Colombia Compra Eciente.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5405 • pP. 1-55 • 2014 • JUlIO 31
Que el 17 de enero de 2014, Colombia Compra Ecien-
te expidió la Circular Externa No. 9 en la que señaló
los Lineamientos Generales para la Expedición de
Manuales de Contratación.
Que en mérito de lo expuesto, el Gerente General
de MetroVivienda, en uso de sus facultades legales
y estatutarias.
RESUELVE:
PRIMERO: Adoptar el Manual de Contratación para
Metrovivienda, contenido en el documento anexo que
forma parte integrante de la presente resolución.
SEGUNDO: Adelantar la actividad contractual de
Metrovivienda con sujeción a las normas legales y
reglamentarias que rigen la materia, y a lo previsto en
el Manual de Contratación que por este acto adminis-
trativo se adopta.
TERCERO: Ajustar los formatos, procedimientos y
demás documentos relacionados con la actividad con-
tractual de Metrovivienda dentro de los cuatro meses
siguientes a la expedición de la presente Resolución.
CUARTO: La presente resolución rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los treinta (30) días del
mes de julio de dos mil catorce (2014).
NICOLÁS CORSO SALAMANCA
Gerente General
MANUAL DE CONTRATACIÓN
Título I GENERALIDADES
1. Presentación
Metrovivienda adopta este manual conformado por
dos grandes temas:
1. El manual de contratación pública
2. El manual de supervisión e interventoría
Tiene como propósito jar las pautas y explicar las
actividades relacionadas con la contratación pública
que desarrolla la Entidad para el cumplimiento de las
funciones, metas y objetivos institucionales, así como
describir y unicar las principales actividades que debe
desarrollar el supervisor/interventor en el ejercicio del
control de los contratos suscritos por Metrovivienda.
El presente Manual es un documento de obligatoria
consulta y aplicación permanente para todos los
efectos de planeación, desarrollo, ejecución, trámite y
liquidaciones de los contratos de METROVIVIENDA,
así como de la presentación de informes por parte de
quien ejerce la función de control y seguimiento de los
contratos de la Entidad, ya sea mediante la Supervisión
o a través de Interventoría.
Por lo anterior, se recomienda la lectura frecuente del
manual para logra la máxima utilidad.
2. Objetivos
- Delinear y determinar la Gestión Contrac-
tual de METROVIVIENDA;
- Dar a conocer a los servidores públicos
y contratistas de METROVIVIENDA el
sistema contratación pública y la Gestión
Contractual de la Entidad, en virtud del
principio de publicidad;
- Materializar los principios de la contra-
tación, tales como la eciencia, ecacia,
publicidad, debido proceso, entre otros.
Teniendo en cuenta los anteriores objetivos, las dis-
posiciones y lineamientos del presente Manual de
Contratación son de obligatorio cumplimiento para
METROVIVIENDA, así como para sus servidores
públicos y contratistas. De igual manera, el presente
Manual de Contratación aplicará a todo Proceso de
Contratación pública que adelante METROVIVIENDA
en el cumplimiento de sus funciones constitucionales,
legales y reglamentarias.
3. Buenas Prácticas
METROVIVIENDA y sus contratistas tendrán la obli-
gación de cumplir con las siguientes buenas prácticas:
- La Gestión Contractual se realizará de
manera transparente;
- En todo Proceso de Contratación se de-
berá realizar una adecuada planeación;
- Se cumplirán las prácticas anticorrupción;
- Se utilizarán herramientas electrónicas
para la Gestión Contractual;
- En el trámite contractual se utilizarán los
procedimientos y formatos establecidos
en el Sistema de Gestión de Calidad
- Se aplicarán las políticas y lineamientos
del Sistema de Gestión de Calidad y sus
componentes y del Modelo Estándar de
Control Interno – MECI

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