RESOLUCION 1419 RD 5416 - 20 de Agosto de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538889806

RESOLUCION 1419 RD 5416

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5416 20 AGOSTO 2014
EmisorSECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5416 • pP. 1-13 • 2014 • AGOSTO 20
SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD
Resolución Número 1419
(Agosto 4 de 2014)
Por la cual se aprueba la reforma estatutaria
de la institución privada sin ánimo de lucro
denominada CORPORACIÓN CENTRO
HOLISTICO CCH, con domicilio en la ciudad de
Bogotá D.C.
EL SECRETARIO DEL DESPACHO DE LA
SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE
BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales y,
en especial, de las conferidas por el artículo
35 del Decreto 1088 de 1991, el artículo 6 de
la Resolución 13565 de 1991 expedida por el
Ministerio de Salud y el Decreto 581 de 1995
expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 819 del 28 de agosto de
2009, expedida por la Secretaria Distrital de Salud, se
reconoció personería jurídica a la Institución Privada
sin Ánimo de Lucro denominada “CORPORACIÓN
CENTRO HOLISTICO CCH” con domicilio la ciudad
de Bogotá, D.C.
Que mediante oficio radicado con el numero
2013ER160711 de fecha 16 de junio de 2013, la ”COR-
PORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH” allega Acta
No. 012 de fecha 15 junio de 2013, donde se aprobó
el nombramiento de Representante Legal Principal a
la señora TANHIA OSPINA HERNANDEZ identicada
con cedula No. 52.103.830.
Que la señora TANHIA OSPINA HERNANDEZ identi-
cada con cedula No. 52.103.830, quien obra en calidad
de representante legal principal de la CORPORACIÓN
CENTRO HOLISTICO CCH, identicada con NIT 900-
309-408-4 solicitó mediante escrito presentado el 10
de Julio de 2014 radicado con el No. 2014ER57150, la
aprobación de la reforma estatutaria de la Institución,
aprobada por la Asamblea en reunión extraordinaria
celebrada el 3 de julio de 2014 según Acta No. 07.
Que con ocio 2014EE68087 de fecha 14 de Julio de
2014, se solicitó la entrega de los nuevos estatutos
con la inclusión de la modicación de la reforma parcial
autorizada para los numerales del Artículo 7 deno-
minado “DESARROLLO DEL OBJETO PRINCIPAL
MEDIANTE OBJETIVOS ESPECIFICOS” e incluyendo
el numeral 16, formando un solo cuerpo.
Que con ocio 2014ER59432 de fecha 16 de Julio de
2014, se hace entrega de los nuevos estatutos inclu-
yendo la reforma e inclusión del numeral 16 quedando
de la siguiente forma: “16. Prestación del servicio de
seguridad y salud en el trabajo”.
Que una vez revisada la documentación aportada por
la institución se cumplen con los requisitos exigidos
por el Decreto 1088 de 1991 y la Resolución 13565
del mismo año, expedidos por el Ministerio de Salud
y de la Protección Social.
Que leído el texto de la reforma estatutaria presen-
tada ante esta autoridad por la entidad sin ánimo de
lucro se tiene que los estatutos adoptados mediante
acta No. 07 del 3 de julio de 2014 de fundadores de la
CORPORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH, derogan
los estatutos anteriores.
Que analizados los nuevos estatutos, se encuentra que
la reforma presentada a consideración no contraviene
el orden público, la moral ni las buenas costumbres,
ni desvirtúa los nes para los cuales fue creada COR-
PORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH.
En mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la reforma estatutaria
de la CORPORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH,
institución sin ánimo de lucro, con domicilio en Bogotá
D.C., adoptada por los Fundadores mediante Acta
No.07 de fecha 03 de julio de 2014.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Noticar personalmente al
Representante Legal de la entidad de la CORPORA-
CIÓN CENTRO HOLISTICO CCH, ó a su apoderado
el contenido de la presente Resolución, dentro de los
cinco (5) días siguientes a su expedición, haciéndole
saber que contra la misma procede el recurso de Re-
posición, ante este Despacho, el cual deberá interpo-
nerse por escrito dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a su noticación.
ARTÍCULO TERCERO.- Si no pudiere hacerse noti-
cación personal, se procederá a noticarse por aviso
a la luz de lo señalado en el artículo 69 del Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo (Ley 1437/2011).
ARTÍCULO CUARTO.- El presente acto administra-
tivo de reconocimiento de reforma estatutaria deberá
ser publicado en la Gaceta Distrital, previo al pago
y presentación de la consignación de los derechos
correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su noticación y surte efectos a
partir de su ejecutoria.

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