RESOLUCION 193 RD 5429 - 10 de Septiembre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538917674

RESOLUCION 193 RD 5429

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5429 10 SEPTIEMBRE 2014
EmisorFundacion Gilberto Alzate AvendaÑo
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5429 • pP. 1-6 • 2014 • SEPTIEMBRE 10
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nistrativa del Distrito Capital - SIGIA, se denominará
“Sistema de Información Distrital del Empleo y la
Administración Pública - SIDEAP-, sistema que será
Administrado por el Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital -DASCD-.
PARÁGRAFO 1°.- El Sistema de Información Distrital
del Empleo y la Administración Pública -SIDEAP-
servirá para recopilar, registrar, almacenar, adminis-
trar, analizar y suministrar información en temas de
organización y gestión institucional, empleo público
y contratos de prestación de servicios profesionales
en el Distrito Capital; con el objetivo de soportar la
formulación de políticas y la toma de decisiones por
parte de la Administración en los temas de gestión de
la organización institucional y de talento humano en
cada entidad del Distrito Capital; y permitir el ejercicio
del control social, suministrando a los ciudadanos la
información requerida.
PARÁGRAFO 2º.- El Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital, con el n de lograr la imple-
mentación del Sistema de Información y Gestión del
Empleo Público – SIGEP- y la inter operatividad con
Sistema de Información Distrital del Empleo y la Admi-
nistración Pública -SIDEAP- recopilará la información
respectiva de los organismos, entidades y órganos de
control y vigilancia pertenecientes al Distrito Capital
y la reportará al Departamento Administrativo de la
Función Pública – DAFP en los términos que este
determine.
PARÁGRAFO 3º. La denición de los módulos que
compongan cada unos de los subsistemas del SIDEAP,
su alcance, funcionalidad y operación serán denidos
por el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital.
ARTÍCULO 10º.- Los organismos, entidades y órganos
de control y vigilancia pertenecientes al ente territorial
de Bogotá, D.C., deberán garantizar el diligenciamien-
to, por parte de los servidores públicos y contratistas
de prestación de servicios, de las Hojas de Vida y la
Declaración de Bienes y Rentas. Esta información será
remitida según el procedimiento establecido por el De-
partamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. La
información de la hoja de vida y bienes y rentas tendrá
reserva en los términos que establece la ley.
ARTÍCULO 11º.- El presente Decreto rige a partir de
la fecha de su publicación, modica en lo pertinente
el numeral 9° del artículo 1° del Decreto Distrital No.
101 de 2004 y deroga las disposiciones que le sean
contrarias en especial los Decretos Distritales: No.
040 de 2012, No. 055 de 2012, No. 268 de 2012 y
No. 269 de 2012.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del
mes de septiembre de dos mil catorce (2014).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
FUNDACIÓN GILBERTO ÁLZATE AVENDAÑO
Resolución Número 193
(Septiembre 8 de 2014)
“Por la cual se modica el Manual Especí-
co de Funciones, Requisitos y de Competen-
cias Laborales para los empleos de la planta
global de personal de la Fundación Gilberto
Álzate Avendaño.”
LA DIRECTORA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO
ÁLZATE AVENDAÑO
En ejercicio de sus atribuciones legales y en
especial el Acuerdo No. 002 de 1999 y las confe-
ridas por el artículo 9 del Acuerdo No 002 del 22
de febrero de 2008 de la Junta Directiva y,
CONSIDERANDO:
Que mediante ocio DIR 2013-EE- 1482 del 15 de julio
de 2013, la Dirección del Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital expidió el concepto técnico
favorable para la modificación de escala salarial,
gastos de representación y prima técnica, estructura
organizacional, y planta de empleos de la Fundación
Gilberto Alzate Avendaño, previa presentación y aná-
lisis del estudio técnico respectivo.
Que mediante la Resolución No. 010 del 6 de Febrero
de 2008, expedida por la Dirección General de la Fun-
dación Gilberto Álzate Avendaño se adopto el Manual
Especico de Funciones y de Competencias Laborales
para los empleos de la Planta Global de Personal de
la Fundación.
Que mediante Acuerdo No. 002 del 28 de julio de
2014, la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Al-
RESOLUCIONES DE 2014

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