RESOLUCION REGLAMENTARIA 008 RD 5809 - 7 de Abril de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 638150889

RESOLUCION REGLAMENTARIA 008 RD 5809

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5809 7 ABRIL 2016
EmisorCONTRALORÍA DE BOGOTÁ D. C.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5809 • pP. 1-7 • 2016 • ABRIL 7
el Manual especifíco de Funciones y Competencias
laborales para los empleos de la Planta de Personal
del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá”, las
funciones del Director Financiero tienen asignadas
las competencias que se incorporan en el Título II de
la Resolución 229 de 2015 que serán objeto de mo-
dicación mediante el presente Acto Administrativo.
En consecuencia, este despacho
RESUELVE:
ARTCULO PRIMERO. – Modificar el título II de la
Resolución 229 de 2015Por medio de la cual se dic-
tan disposiciones en materia de ordenación del gasto,
se reasumen, se coneren algunas delegaciones y se
dictan otras disposiciones” en sus arículos 11, 13, l4,
15 y 16 los cuales quedarán así:
TITULO II
DELEGACIONES
ARTÍCULO 11°.- Delegar en el (la) Director Finan-
ciero la función de realizar los pagos ordenados por la
Gerencia, en todas sus cuantías y en cumplimiento de
los procesos y procedimientos de la Entidad.
ARTÍCULO 13°.- Delegar en el (la) Director Financie-
ro la función de presentar y pagar las declaraciones
tributarias y/o contribuciones y todo tipo de impuesto
al que se encuentre obligado derivado de sus bienes
muebles e inmuebles del Fondo de Vigilancia y Segu-
ridad de Bogotá D.C.
PARÁGRAFO: De conformidad con lo dispuesto
el servidor público no sea abogado, deberá contar
con poder otorgado por la Gerencia a través de es-
critura pública.
ARTÍCULO 14°- Delegar en el (la) Director Financiero
la utilización del mecanismo de rma respaldado con
certicado digital emitido por la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales - DIAN, para la presentación de
las declaraciones de impuestos nacionales y presentar
información exógena ante la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales - DIAN, a través de los servicios
informáticos electrónicos del Modelo Único de Ingreso,
Servicio y Control Automatizado - MUISCA.
PARÁGRAFO: De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 572-1 del Estatuto Tributario, cuando el servi-
dor público no sea abogado, deberá contar con poder
otorgado por la Gerencia a través de escritura pública.
ARTÍCULO 15°.- Delegar en el (la) Director Financiero
la suscripci6n autógrafa de las declaraciones de reten-
ciones del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y
Tableros, Estampilla Universidad Distrital Francisco
José de Caldas 50 años, Pro-cultura, Pro-personas
Mayores y Universidad Pedagógica Nacional, y las
demás contribuciones que sean ordenadas por la
entidad respectiva; y presentar información exógena
ante la Secretaria de Hacienda Distrital a través de
los servicios informáticos electrónicos establecidos.
PARÁGRAFO: De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 572-1 del Estatuto Tributario, cuando el servi-
dor público no sea abogado, deberá contar con poder
otorgado por la Gerencia a través de escritura pública.
ARTÍCULO 16°.- Delegar en el (la) Director Financiero,
la realización de los pagos que se deriven de la pres-
tación de servicios públicos al F.V.S.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige
a partir de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del
mes de marzo de dos mil dieiciséis (2016).
ALFORD EDUARDO PEDRAZA VEGA
Gerente (E.)
Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 008
(Abril 5 de 2016)
“Por medio de la cual se adopta un
Procedimiento del Proceso de Gestión del Talento
Humano en la Contraloría de Bogotá D. C.”
LA CONTRALORA DE BOGOTÁ D. C. (E)
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales en especial las que le confiere el Acuerdo
519 de 2012 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los literales b) y l) del artícu-
lo 4° de la ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen
normas para el ejercicio de control interno en las
entidades y organismos del Estado y se dictan otras
disposiciones”, se deben implementar como elementos
del Sistema de Control Interno Institucional, procedi-
mientos para la ejecución de procesos, actualización,
de normas y la simplicación de procedimientos.
Que la Entidad mediante la Resolución Reglamentaria
No. 034 del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Mode-
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lo Estándar de Control Interno-MECI en la Contraloría
de Bogotá D.C., cuyo objetivo general es proporcionar
una estructura que especique los elementos necesa-
rios para construir y fortalecer el Sistema de Control
Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87
de 1993, a través de un modelo que determine los
parámetros de control necesarios para que al interior
de las entidades se establezcan acciones, políticas,
métodos, procedimientos, mecanismos de prevención,
vericación y evaluación en procura del mejoramiento
continuo de la Administración Pública.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 029 de
22 de octubre de 2014, se adopta la versión 5.0 del
procedimiento para la Liquidación de Nómina en la
Contraloría de Bogotá, D.C.
Que de acuerdo con la modicación de la normatividad
existente sobre prima técnica, se considera necesario
ajustar el procedimiento para la Liquidación de Nómina
en la Contraloría de Bogotá, D.C.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la nueva versión del
siguiente procedimiento del proceso de Gestión del
Talento Humano:
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga el numeral
4 del Artículo Segundo de la Resolución Reglamentaria
No. 029 de 2014.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los cinco (5) días del
mes de abril de dos mil dieciséis (2016).
LIGIA INÉS BOTERO MEJÍA
Contralora de Bogotá D.C. (E.)
No. PROCEDIMIENTO CODIGO VERSIÓN
1Procedimiento para la Liquidación de Nómina PGTH - 06 6.0
ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en la Dirección de
Planeación, en coordinación con la Dirección de Ta-
lento Humano, el mejoramiento continuo del procedi-
miento para la Liquidación de Nómina en la Contraloría
de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los
Directores, Subdirectores, Jefes de Ocina y Gerentes
velar por la administración y divulgación del procedi-
miento para la Liquidación de Nómina en la Contraloría
de Bogotá, D.C. reglamentado a través de la presente
resolución.
PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DE NOMINA Código formato: PGD-01-002
Código documento: PGTH-06
Versión 6.0
Página 1 de 69
FECHA: 30 DE MARZO DE 2016
Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica
Firma: Firma:
Nombre:
María Teresa Velandia Fernández
Nombre:
Biviana Duque Toro
Cargo:
Directora Técnica de Talento Humano
Cargo:
Directora Técnica de Planeación
1. OBJETIVO
Estandarizar las actividades a seguir en el proceso de
preparación y liquidación de la nómina de los funciona-
rios de la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad
con las normas legales vigentes.
2. ALCANCE
2.1. Liquidación de nómina: El procedimiento inicia
con el registro en el aplicativo de liquidación de nómina,
fechas del período a liquidar, actos administrativos y
demás novedades que afectarán la nómina y termina
cuando el profesional de la Subdirección realiza el
cierre denitivo de la nómina.
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de la Contraloría radica la solicitud para asignación
y/o reajuste de la prima técnica y termina cuando se
archiva copia de la resolución y el soporte en la Hoja
de Vida del funcionario.
2.7. Descuentos de nómina por embargos y libran-
zas: El procedimiento inicia cuando la Subdirección de
Gestión de Talento Humano recepciona las noveda-
des de cooperativas, entidades nancieras o fondos
de empleados (Libranzas, Pagarés o Novedades en
general), o las órdenes judiciales; se realiza el cálculo
de la obligación y verica el cupo de endeudamiento
y termina cuando se archivan las copias de las nove-
dades de las cooperativas, entidades nancieras o
fondos de empleados, del ocio remitido al Juzgado y
de la relación de descuentos de juzgados.
2.8. Pago del reconocimiento por permanencia en
el servicio público: El procedimiento inicia cuando la
Subdirección de Gestión de Talento Humano verica la
información contenida en el aplicativo establecido para
la liquidación de nómina, para determinar qué funciona-
rios a 31 de diciembre de cada año, han cumplido cinco
(5) años o más de servicio ininterrumpido y que tienen
derecho al Reconocimiento por Permanencia, y que no
hayan tenido sanciones disciplinarias y termina cuando
se archiva la copia de la resolución y del memorando
de comunicación en la Hoja de Vida del funcionario.
2.2. Liquidación de horas extras: El procedimiento
inicia con la recepción y registro en el aplicativo de
correspondencia de las horas extras y termina con el
archivo del memorando de comunicación en la hoja
de vida del funcionario.
2.3. Descansos compensatorios. El procedimiento
inicia con la solicitud por parte del empleado de los
días para disfrutar de los compensatorios a que ten-
ga derecho y se termina cuando se archiva copia del
memorando en la hoja de vida del funcionario.
2.4. Asignación y liquidación de la bonificación
por servicios prestados: El procedimiento inicia
cuando se genera el reporte mensual de los funcio-
narios a quienes debe reconocérseles la Bonicación
por Servicios Prestados y termina con el archivo de
la resolución y el memorando de comunicación en la
Hoja de Vida del funcionario.
2.5. Asignación de prima técnica para el nivel direc-
tivo y asesor: El procedimiento inicia cuanto se expide
el acto administrativo de nombramiento en el cual se
estipula el porcentaje de Prima Técnica del 50% y ter-
mina cuando se archiva copia del acto administrativo
en la hoja de vida del funcionario.
2.6. Asignación de prima técnica para el nivel pro-
fesional: El procedimiento inicia cuando el funcionario
3. BASE LEGAL
TIPO DE
NORMA
FECHA DESCRIPCION
Decreto 3135 26/12/1968 "Por el cual se prevé la integración de la seguridad social entre el sector público y el privado y se regula el
régimen prestacional de los empleados públicos y trabajadores ociales"
Decreto 1848 04/11/1969 "Por el cual se reglamenta el Decreto 3135 de 1968"
Decreto 1042 07/06/1978 "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasicación de los empleos de los ministerios,
departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas
especiales del orden nacional, se jan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y
se dictan otras disposiciones”
Decreto 1045 17/06/1978 "Por el cual se jan las reglas generales para la aplicación de las normas sobre prestaciones sociales de
los empleados públicos y trabajadores ociales del sector nacional"
Decreto 451 23/02/1984 "Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para el personal que presta servicios en los
Ministerios, Departamentos, Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades
Administrativas del orden nacional"
Acuerdo 6 11/12/1986 "Por el cual se establece la escala de remuneración para los niveles y clases de empleos en el Distrito
Especial de Bogotá y se dictan otras disposiciones"
TIPO DE
NORMA
FECHA DESCRIPCION
Ley 79 23/12/1988 "Por la cual se actualiza la Legislación Cooperativa", Artículos 142, 143 y 144
Decreto 1481 07/07/1989 "Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno de responsabilidad
y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados", Artículos 55, 56 y 59
Ley 4 18/05/1992 "Mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional para
la jación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso
Nacional y de la Fuerza Pública y para la jación de las prestaciones sociales de los Trabajadores Ociales
y se dictan otras disposiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 19, literales

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