RESOLUCION REGLAMENTARIA 035 RD 4793 - 15 de Diciembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438361174

RESOLUCION REGLAMENTARIA 035 RD 4793

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4793 15 DICIEMBRE 2011
EmisorContraloria de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4793 • pP. 1-12 • 2011 • DICIEMBRE 15
12
Resolución Reglamentaria
Número 035
(Diciembre 14 de 2011)
“Por la cual se establecen disposiciones sobre
horas extras, dominicales, festivos y descanso
compensatorio en la Contraloría de Bogotá D.C.,
y se derogan las Resoluciones Reglamentarias
008 de 2004 y 008 de 2006”.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales y espe-
cialmente las conferidas por el Acuerdo Número
361 de 2009 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto No. 1042 de 1978, en su artículo 36,
preceptúa que cuando por razones especiales del
servicio fuere necesario realizar trabajos en horas
distintas de la jornada ordinaria de labor, el jefe del
respectivo organismo, o las personas en quienes éste
hubiere delegado tal atribución, autorizarán descanso
compensatorio o pago de horas extras.
Que el Acuerdo No. 03 de 1999 en su artículo 4º,
(modicado por el artículo 3º del Acuerdo 9 de 1999),
expedidos por el Concejo de Bogotá, establece: “Horas
extras dominicales y festivos: para que se proceda
al reconocimiento de descansos compensatorios o
a la remuneración por horas extras trabajadas de
conformidad con las disposiciones legales vigentes,
el empleado debe pertenecer al nivel técnico, admi-
nistrativo y operativo.
En ningún caso las horas extras tienen carácter per-
manente, salvo excepción justicada por el ordenador
del gasto.
En ningún caso se pagará, mensualmente, por con-
cepto de horas extras, dominicales o festivos más del
cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica
mensual de cada funcionario”.
Que en desarrollo de la Ley 909 de 2004, el Gobierno
Nacional expidió el Decreto Ley 785 de 2005, por
el cual se establece el sistema de nomenclatura y
clasicación, funciones y requisitos generales de los
empleos de las entidades territoriales que se regulan
por las disposiciones de la mencionada ley.
Que conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 20
del Decreto Ley 785 de 2005, los cargos de técnicos
quedaron homologados al nivel Técnico y los niveles
Administrativo y Operativo desaparecieron y quedaron
homologados al nivel Asistencial.
Que en cumplimiento a las normas ya citadas, el Con-
cejo de Bogotá, expidió el Acuerdo 206 de 2006, “Por
el cual se ajusta la planta de personal de la Contraloría
de Bogotá D.C., al sistema de nomenclatura y clasi-
cación de empleos, de acuerdo con lo establecido en
la ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 785 de 2005, se
ajustan e integran las tablas de grados de asignación
básica en armonía con dicho sistema y se dictan otras
disposiciones”, modicado por el Acuerdo 362 de
2009, “Por el cual se modica la planta de personal
de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras
disposiciones”.
Que conforme a lo regulado en la Resolución Regla-
mentaria No. 008 del 13 de mayo de 2004, mediante
la cual se establecen disposiciones sobre horas extras,
dominicales, festivos y descansos compensatorios
en la Contraloría de Bogotá, se reconocieron estos
benecios a los funcionarios pertenecientes al nivel
técnico, administrativo y operativo, los cuales fueron
homologados a los niveles técnico y asistencial.
Que la mencionada resolución en su artículo segundo
indicó que solo se reconocerán y pagarán un máximo
de 50 horas extras mensuales, incluidos los dominica-
les y festivos sin que en ningún momento sobrepasen
el cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica
mensual de cada funcionario. Si el tiempo laborado
fuera de la jornada ordinaria supera dicha cantidad, el
excedente se reconocerá en tiempo compensatorio, a
razón de un día hábil por cada ocho horas extras de
trabajo. (Decreto 1042 de 1978 Artículo 36 inciso e).
Que no obstante lo anterior, se hace necesario exten-
der el número de horas extras hasta el cincuenta por
ciento (50%) de la asignación básica mensual de cada
funcionario, incluidos los dominicales y festivos, dado
que por razones especiales del servicio es necesario
realizar trabajos en horas distintas de la jornada ordi-
naria de labor al interior de la Contraloría de Bogotá
D.C., adicionalmente se ha vericado, en el caso de los
conductores de la planta de personal de la Entidad, que
el número de horas extras prestadas por los mismos
ha generado un gran cúmulo de compensatorios hasta
por varios meses que han dado lugar a que en varias
oportunidades se cuente con un número insuciente de
conductores para atender todas las necesidades de la
Entidad, por cuanto la mayoría de ellos se encuentran
disfrutando del descanso compensatorio; razones
todas éstas que justican plenamente el aumento de
horas sin que las mismas sobrepasen el 50% de la
asignación básica mensual.
Que la Dirección de Talento Humano efectúo la pro-
yección económica correspondiente al cincuenta por
ciento (50%) de la asignación básica mensual.

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