RESOLUCION SDH-000399 RD 4326 - 24 de Noviembre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445773362

RESOLUCION SDH-000399 RD 4326

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4326 24 NOVIEMBRE 2009
EmisorSecretaria de Hacienda
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4326 • pP. 1-3 • 2009 • NOVIEMBRE 24
ARTÍCULO 12. MECANISMO DE FIRMA DE LOS
DOCUMENTOS TRIBUTARIOS.
En el cumplimiento de las obligaciones tributarias a
través de los servicios electrónicos, la rma autógrafa
de los documentos tributarios se podrá reemplazar
mediante los mecanismos de autenticación como r-
ma electrónica, o login y pasword, autorizados por la
Secretaría Distrital de Hacienda, de conformidad con
lo establecido en la Ley 527 de 1999.
CAPITULO IV
PRESENTACIÓN Y PAGO SIMULTÁNEO DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
ARTÍCULO 13. CARACTERÍSTICAS DEL SISTE-
MA.
Las características con que cuenta la presentación y
pago simultáneo o pago electrónico, de obligaciones
tributarias, son las siguientes:
Mecanismo de autenticación del contribu-
yente, asignación de claves y origen del mensaje
de datos.
Se realiza mediante el esquema de domiciliación de
las Entidades Financieras autorizadas para recaudar,
que cuenta con una etapa previa de conrmación del
usuario mediante un contrato de apertura de cuenta
debidamente vericado por la entidad recaudadora, y
asignación de una clave (PIN) única e intransferible,
acorde con los términos del contrato, que identica al
iniciador de todos los servicios que disponga la entidad.
Esta clave (PIN) corresponde a la rma electrónica del
contribuyente de tal forma que el origen del mensaje
será atribuible a quien detente esta calidad y debe
coincidir con el propietario, poseedor o declarante
que aparece en la declaración sugerida y asistida por
la administración o generada por el contribuyente a
través de los servicios electrónicos dispuestos por la
Dirección Distrital de Impuestos.
Conexión segura para la trasmisión de la
información del contribuyente.
Las Entidades Financieras autorizadas para recaudar
son responsables de los mecanismos de seguridad en
la transmisión de la información y almacenamiento de
la misma en todas las etapas de la declaración y pago o
pago según corresponda. Esto aplica desde el momen-
to en que las Entidades Financieras reciben o utilizan
la información de recaudo hasta que envían dicha
información a la Dirección Distrital de Impuestos.
ARTÍCULO 14. CONSULTA DE LA PRESENTACIÓN
Y EL PAGO.
La Secretaría Distrital de Hacienda, dispondrá los
mecanismos que permitan consultar la información
de los documentos y pagos presentados a través de
los servicios electrónicos, la cual tiene plena validez
para efectos probatorios de conformidad con la Ley
527 de 1999.
ARTÍCULO 15. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGA-
CIONES TRIBUTARIAS.
Se entenderá realizada en el día y hora en que la En-
tidad Financiera le asigna el número de transacción al
realizar el débito automático de la cuenta de ahorros
o corriente del contribuyente o el crédito de la tarjeta
correspondiente.
ARTÍCULO 16. VIGENCIA. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días
del mes de noviembre de dos mil nueve (2009).
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ
Secretario Distrital de Hacienda
Resolución Número SDH-000399
(Noviembre 17 de 2009)
“Por la cual se modican y adicionan las Reso-
luciones No. SDH- 000387 del 30 de diciembre
de 2008 y SDH -203 del 30 de junio de 2009, que
establecen disposiciones sobre el recaudo y la
recepción de los impuestos y demás recursos
administrados por la Secretaría Distrital de Ha-
cienda de Bogotá, D.C.”.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
En uso de las facultades legales y en especial
las conferidas en los literales c), d), i), l) q) y u)
del artículo 4 del Decreto 545 del 29 de diciembre
de 2006, y el parágrafo del artículo 1 del Decreto
Distrital 307 del 27 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario reglamentar los aspectos técnicos
y procedimentales relacionados con la entrada en
ejecución de los servicios electrónicos de presentación
y pago de las obligaciones tributarias, en especial lo
relacionado con las condiciones de tiempo, modo, lu-
gar, así como los documentos técnicos requeridos para

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