RESOLUCION SDH-000207 RD 5430
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5430 11 SEPTIEMBRE 2014 |
Emisor | SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5430 • pP. 1-1 • 2014 • septiembre • 11
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 48
Número 5430
2014 • septiembre • 11
RESOLUCIONES DE 2014
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Número SDH-000207
(Septiembre 9 de 2014)
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
en uso de las facultades legales y en especial las
conferidas por el artículo 1º del Decreto 101 del
13 de abril de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el 8 de septiembre de 2014, el Secretario Distrital
de Hacienda, solicitó en la Subdirección de Talento
Humano el nombramiento ordinario de Marcela Victo-
ria Hernández Romero como Director Técnico código
009 grado 08, de la Dirección Distrital de Contabilidad.
Que una vez revisados los requisitos establecidos en
el manual de funciones de la Secretaria Distrital de
Hacienda, la Subdirección de Talento Humano, certica
que Marcela Victoria Hernández Romero, los cumple.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Nombrar a Marcela Victoria Hernández
Romero, identicada con cédula de ciudadanía No.
41.785.177, en el cargo de Director Técnico código
009 grado 08, de la Dirección Distrital de Contabilidad,
de la planta de personal de la Secretaría Distrital de
Hacienda, con una asignación básica mensual de $
5.585.549 y gastos de representación de $ 2.234.220.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución rige a partir de
la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los nueve (9) días del
mes de septiembre de dos mil catorce (2014).
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Secretario Distrital de Hacienda
EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE
BOGOTÁ
Resolución Número 0755
(Septiembre 10 de 2014)
Por la cual se adopta el Reglamento de
Urbanizadores y Constructores de la Empresa
de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá
EAB - ESP.
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE
BOGOTÁ - E.S.P.,
En ejercicio de sus facultades estatutarias y re-
glamentarias conferidas en el literal b) del artícu-
lo 16 del Acuerdo 011 de 2010, expedidos por la
Junta Directiva de la EAB–ESP,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 50 de la Ley 1537 de 2012 dispone que
los prestadores de servicios públicos de acueducto y
alcantarillado están obligados a otorgar la viabilidad y
disponibilidad de dichos servicios y prestarlos efecti-
vamente a usuarios nales.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio el
27 de diciembre de 2013 expidió el Decreto 3050 “Por
el cual se establecen las condiciones para el trámite
de las solicitudes de viabilidad y disponibilidad de
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