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resolucion_1548_del_30_de_septiembre_de_2022

Fecha30 Septiembre 2022
Número de resolución1548
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
RESOLUCIÓN NÚMERO 1548 DE 2022
(septiembre 30 de 2022)
Por la cual se reconoce personería jurídica especial a la entidad religiosa
IGLESIA JESUCRISTO ES NUESTRO UNICO RESTAURADOR
EL DIRECTOR DE ASUNTOS RELIGIOSOS DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los
Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo
del Interior 1066 de 2015, en concordancia con el Decreto Ley 2893 de 2011, subrogado por el Decreto
1140 del 4 de julio de 2018, la Resolución 1156 del 26 de julio de 2018, y la Resolución 1264 del 04 de
agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el señor JOSE ERNESTO GONZALEZ CARDOZO, identificado con cédula de Cédula de Ciudadanía
número 80.273.972 de Bogotá D.C., obrando en su condición de representante legal de la entidad religiosa
IGLESIA JESUCRISTO ES NUESTRO UNICO RESTAURADOR, domiciliada en Bogotá D.C., solicitó bajo
el radicado número EXT_S22--00051952-PQRSD-043310 del 31 de mayo de 2022, el reconocimiento de
la personería jurídica especial de que trata la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los Capítulos 1 y 2, del Título
2, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015.
Que dentro de la documentación aportada se encuentran: los estatutos y el reglamento interno; las actas
mediante las cuales se constituyó la entidad religiosa, se aprobaron los estatutos y reglamento interno, se
designó al representante legal y se designaron dignatarios; y las constancias a que se refieren los
numerales 6, 7, 8, 9 y 10, del artículo 2.4.2.2.1 del Decreto 1066 de 2015.
Que se acreditaron debidamente los requisitos exigidos por la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los Capítulos
1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, y no se vulneran los derechos constitucionales.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1535 de 2015, que modificó el artículo 2.4.2.1.15 del
Decreto 1066 de 2015, y una vez habilitado el sistema electrónico para la expedición de los certificados de
existencia y representación legal de las entidades religiosas, en línea y en forma gratuita, el día 25 de
agosto de 2015; los mismos deberán ser solicitados y tramitados por ese medio, ingresando a la página
web de este Ministerio: www.mininterior.gov.co o asuntosreligiosos.mininterior.gov.co.
Que esta decisión se fundamenta en el riguroso análisis del expediente administrativo en los términos del
principio constitucional de buena fe, consagrado en el artículo 83 de la Constitución Política.
Que, en mérito de lo expuesto,

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