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resolucion_1787_del_17_de_noviembre_de_2022

Fecha17 Noviembre 2022
Número de resolución1787
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
RESOLUCIÓN NÚMERO 1787 DE 2022
(noviembre 17 de 2022)
Por la cual se reconoce personería jurídica especial a la entidad religiosa
IGLESIA CRISTIANA FUENTE DE RESTAURACION JUAN 4:14
LA DIRECTORA DE ASUNTOS RELIGIOSOS DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los
Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo
del Interior 1066 de 2015, en concordancia con el Decreto Ley 2893 de 2011, subrogado por el Decreto
1140 del 4 de julio de 2018, la Resolución 1156 del 26 de julio de 2018, y la las Resoluciones 1665 y
1673 del 24 de octubre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el señor YINNER GONZALEZ APONZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.741.191 de
Santander de Quilichao, obrando en su condición de representante legal de la entidad religiosa IGLESIA
CRISTIANA FUENTE DE RESTAURACION JUAN 4:14, con domicilio en Puerto Tejada - Cauca,
mediante escrito radicado en este Ministerio bajo el número ID 57 del 01 de agosto de 2022, solicitó
reconocimiento de la personería jurídica especial de que trata la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los Capítulos
1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015.
Que, una vez estudiada la solicitud presentada, la Dirección de Asuntos Religiosos la encontró ajustada a
Los requisitos contenidos en la Ley 133 de 1994 y los Capítulos 1 y 2, Titulo 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto
Único Reglamentario No. 1066 de 2015.
Que dentro de la documentación aportada se encuentran: los estatutos y el reglamento interno; las actas
de constitución No. 22 de junio de 2022, mediante la cual se constituyó la entidad religiosa, se designaron
dignatarios, y las constancias a que se refieren los numerales 6, 7, 8, 9 y 10, del artículo 2.4.2.2.1 del
Decreto 1066 de 2015.
Que esta decisión se fundamenta en un riguroso análisis del expediente administrativo en los términos de
principio constitucional de buena fe, consagrado en el artículo 83 de la Constitución Política.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1535 de 2015, que modificó el artículo 2.4.2.1.15 del
Decreto 1066 de 2015, y una vez habilitado el sistema electrónico para la expedición de los certificados de
existencia y representación legal de las entidades religiosas, en línea y en forma gratuita, el día 25 de
agosto de 2015; los mismos deberán ser solicitados y tramitados por ese medio, ingresando a la página
web de este Ministerio: www.mininterior.gov.co o asuntosreligiosos.mininterior.gov.co.
Que en mérito de lo expuesto,

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