Resolucióno Nº 6565 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 07-10-2022 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 935366234

Resolucióno Nº 6565 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 07-10-2022

Sentido del falloCesar proceso sancionatorio ambiental en favor de la sociedad mármoles y calizas el salto ltda - identificada con el nit 800 083 000-8, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la ley 1333 de 2009, habida cuenta de configurarse la causal 10del artículo 90 de la descrita normativa, conforme a las precisiones expuestas en la parte motiva del presenteproveído Expediente 6512
Número de resolución6565
Fecha07 Octubre 2022
4
RESOLUCION No.
lito 6 5 5
011 OCT 2022
)
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
EXP 8512
"Por medio de la cual se declara la cesación de un proceso sancionatono
ambiental y se dictan otras disposiciones"
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contempladas
en la Ley 99 de 1993, Ley 1333 de 2009, Decreto-Ley 2811 de 1974, Decreto
1076 de 2015, Resolución CORTOLIMA No. 2771 de 2020, Resolución
CORTOLIMA No. 4050 de 2021, las demás normas concordantes, y,
CONSIDERANDO
OBJETO
Entra al despacho el Expediente 8512, con el fin de determinar la viabilidad de cesar
proceso sancionatorio ambiental en favor de la sociedad
MÁRMOLES
Y
CALIZAS
"EL SALTO" LTDA
identificada con el NIT. 800.083.000-8, en aplicación de lo
previsto en el numeral lo del artículo 90 de la Ley 1333 de 2009, de
i
acuerdo a los
siguientes:
ANTECEDENTES
Que, mediante la Resolución CORTOLIMA No. 1820 del 20 de agosto de 1996,
acto administrativo el cual se encuentra en la página web de CORTOLIMA y
hace parte integral del presente expediente, la Corporación impuso un Plan de
Manejo Ambiental a la firma
MÁRMOLES Y CALIZAS EL SALTO
de propiedad
del señor
JOSE DEL CARMEN ORTEGA,
identificado con Cédula Ciudadanía
No 2.227.800, para la explotación materiales de mármol, ubicada en el
corregimiento de Payande, vereda la Reforma del municipio de San Luis —
Tolima.
Que, a través de la Resolución CORTOLIMA No. 2422 del 25 de septiembre de
2003, acto administrativo el cual se encuentra en la página web de CORTOLIMA
49.

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