Resolución número 0527 de 2014, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0035 del 31 de octubre de 2011, en lo que respecta a los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad - 5 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 527340454

Resolución número 0527 de 2014, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0035 del 31 de octubre de 2011, en lo que respecta a los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín49265

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el literal g) del artículo 61 y 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo 6º del Decreto-ley 3571 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 3571 de 2011, "Por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio", en su artículo 7º determinó las funciones asignadas a la Oficina Asesora Jurídica.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución número 0035 del 31 de octubre de 2011 "Por la cual se crean unos Grupos Internos de Trabajo en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se determinan sus funciones", dentro de los cuales se conformaron los grupos internos de trabajo de Conceptos y Procesos Judiciales de la Oficina Asesora Jurídica.

Que mediante Resolución número 0022 del 10 de enero de 2013 el Ministerio modificó parcialmente el artículo tercero de la Resolución número 0035 del 31 de octubre de 2011, en lo que respecta a los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina Asesora Jurídica.

Que en atención a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 del Decreto número 554 de 2003, y en concordancia con lo señalado en la Ley 1444 de 2011 y el Decreto número 3571 de 2011, una vez culminada la liquidación de Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana Inurbe en Liquidación, la totalidad de los procesos judiciales y reclamaciones en que fuere parte dicha Entidad, al igual que las obligaciones derivadas de estos, serán asumidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que en ejercicio de la facultad legal prevista en el artículo 8º de la Ley 1001 de 2005, el Liquidador del Inurbe en Liquidación suscribió con el Consorcio Par Inurbe en Liquidación integrado por Fiduprevisora S. A. y Fiduagraria S. A., el Contrato de Fiducia Mercantil número 763 de 2007, mediante el cual se constituyó un patrimonio autónomo de remanentes al cual fueron trasladados los bienes, derechos y obligaciones de la Entidad, así como la representación judicial en los procesos judiciales donde actúe como parte, tercero, interviniente, o bajo cualquier otra modalidad admitida en las normas de naturaleza procedimental, siendo sustituida la posición del Inurbe en Liquidación por la Fiduciaria.

Que mediante Acta de fecha 4 de junio de 2014, Fiduprevisora S. A. en calidad de vocero y representante legal del Patrimonio Autónomo de Remanentes Par Inurbe en Liquidación hizo entrega al Ministerio de 405 procesosjudiciales en curso, con motivo a la terminación...

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