Responsabilidad extracontractual por accidentes en el análisis económico del derecho
Autor | Steven Shavell |
Páginas | 501-518 |
S T E V E N S H A V E L L {*}
Responsabilidad extracontractual por accidentes
en el análisis económico del derecho {**}
SUMARIO
I. Incentivos. A. Accidentes unilaterales y niveles de cuidado. B. Accidentes
bilaterales y niveles de cuidado. C. Accidentes unilaterales, niveles de cuidado y
niveles de actividad. D. Accidentes bilaterales, niveles de cuidado y niveles de
actividad. II. Asunción de riesgos y seguros. III. Costos administrativos. A.
Responsabilidad objetiva versus responsabilidad subjetiva. B. Deseabilidad social
del sistema de responsabilidad extracontractual y motivos privados para
demandar. iv. Tópicos. A. Indemnización. B. Causalidad. C. Demandados
insolventes. D. Responsabilidad extracontractual por fabricación de productos. v.
Responsabilidad extracontractual versus otros mecanismos de control del riesgo
La responsabilidad extracontractual por los accidentes gobierna las
circunstancias en las cuales las partes que causan un perjuicio a otras deben
compensarlas. Existen dos reglas básicas en la responsabilidad
extracontractual. Bajo la
responsabilidad objetiva,
un dañador debe siempre
pagar a la víctima por el accidente que él causa. Bajo la
responsabilidad
subjetiva,
un dañador debe siempre pagar a la víctima cuando su actuación ha
sido negligente, es decir, sólo cuando su nivel de cuidado fue menor que el
estándar de cuidado elegido por las cortes, que a menudo se llama “debido
cuidado”. (Existen varias versiones de esta regla que dependen del cuidado
que deben tomar las víctimas, como se discutirá.) De hecho, la
responsabilidad subjetiva es la forma dominante de responsabilidad, mientras
que la responsabilidad objetiva está reservada principalmente para ciertas
actividades especialmente peligrosas (tales como el uso de explosivos). El
monto que un dañador debe pagar a una víctima se conoce como
indemnización.
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