Resolución número 924 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas - 15 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 469806350

Resolución número 924 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, Coralina
Número de Boletín48944

El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina), en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo número 002 de enero de 2013, la Ley 99 de 1993, Decreto 1541 de 1978 y demás normas concordantes, y

CüNSIDERANDü:

Que mediante Auto número 255 del 6 de mayo de 2013, se dio inicio al trámite administrativo de otorgamiento de concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, solicitado por la Sociedad Promociones San Andrés Ltda., representada legalmente el señor Germán Eduardo Arenas Tobian, identificado con la cédula de ciudadanía número 19353937 de Santa Fe de Bogotá, derivar el recurso del pozo ubicado en predios donde funciona el establecimiento hotelero Hotel Casablanca, bien inmueble con Matrículas Inmobiliarias número 450-1081, 450-1083, 450-335, 450-336, 450-337, 450-338, 450-1620, 450-1622, 450-1626, 450-1627, 450-1628, 450-1629, 450-1625, 450-8460, sector Big Point, en la Isla de San Andrés, en la Isla de San Andrés.

Que dicho acto fue notificado personalmente al interesado el señor Germán Eduardo Arenas Tobian, el día 16 de mayo de 2013.

Que obra en el expediente la Resolución número 000616 de 12 de febrero de 2013 expedida por la Secretaría de Salud Departamental, mediante el cual se emitió certificación sanitaria favorable para consumo humano, para el pozo objeto del presente procedimiento.

Que el expediente fue remitido a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, la cual se pronunció por medio del Informe Técnico número 438 del 30 de septiembre de 2013, donde se estima, entre otras cosas, viable el otorgamiento de la concesión solicitada; del informe aludido se sustraen, entre otros apartes, los siguientes:

"(...)

I. EVALUACIÓN DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

· Que de acuerdo al análisis de los datos obtenidos durante los seguimientos realizados al pozo PC 22, el promedio de explotación permaneció por debajo del nivel máximo autorizado en la resolución la cual renovó la concesión, con un promedio de 11 m3/día el

cual equivale al 10,9% del caudal otorgado en la última concesión. Sin embargo en el periodo de septiembre de 2009y marzo de 2010 se presentaron de manera reiterada lecturas anómalas en el dispositivo medidor....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR