Retención en la fuente: ¿cómo sé si debo pagarla el próximo año? - 23 de Noviembre de 2021 - El Tiempo - Noticias - VLEX 878461804

Retención en la fuente: ¿cómo sé si debo pagarla el próximo año?

A pesar de que octubre acabaron las fechas límite para presentar la declaración de renta, ya se puede saber a quién y con qué sueldos se cobraría el próximo año este tributo que muchos colombianos pagan de manera anticipada a través de la retención en la fuente. Si se tiene en cuenta que la variación acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC) para los ingresos medios entre el 1.º de octubre de 2020 y el 1.º de octubre de 2021 fue de 4,67 por ciento, se puede establecer que la Unidad de Valor Tributario (UVT) que regirá para el 2022 pasará de la actual 36.308 pesos a 38.004 pesos, es decir, el ajuste será de 1.696 pesos. Con ese cálculo hecho, también se puede saber desde qué ingreso mensual las personas que declaran renta estarán sujetas al cobro de retención en la fuente del próximo año. Según estos cálculos, se aplicará a partir de una base gravable de 3’610.000 pesos. ¿Cómo se hace el cálculo? Según el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para los asalariados parte de una base gravable equivalente o mayor a 95 UVT, es decir, 3’610.000 pesos para el año 2022 con la UVT de 38.004 pesos. No obstante, para establecer la base gravable sobre la cual se aplica retención a los trabajadores, debe tenerse en cuenta no solamente el salario como tal, sino la totalidad de los pagos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria que reciba el empleado. Una vez establecido el monto del ingreso, deben restarse los valores correspondientes al pago obligatorio al fondo de pensiones (4 por ciento), de salud (4 por ciento) y al fondo de solidaridad (1 por ciento). Este último, solo cuando los ingresos son superiores a 4 salarios mínimos. También es importante tener en cuenta que los trabajadores pueden deducirse algunas cosas de la base gravable. Por ejemplo, los pagos efectuados por intereses de créditos para vivienda o los de...

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