El Secretario del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Rionegro, Antioquia, avisa que se decretó la interdicción definitiva de Óscar de Jesús Atehortúa Ospina. - 21 de Abril de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 197821695

El Secretario del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Rionegro, Antioquia, avisa que se decretó la interdicción definitiva de Óscar de Jesús Atehortúa Ospina.

EmisorVarios
Número de Boletín47687

de Familia de Rionegro, Antioquia, HACE CONSTAR:

Que en proceso de jurisdiccion voluntaria de interdiccion por demencia, instaurado por señor Gonzalo Yepes Cardona en sentencia del 1° de julio de 2009, confirmada por el Tribunal Superior de Antioquia el 18 de diciembre de 2009, se decreto la interdiccion por demencia al señor Adgemiro Yepes Ospina, consecuencialmente, se designo como curador al señor Oscar Alfonso Yepes Ospina y se dispuso que no tiene la libre administracion de los bienes.

Se da el presente aviso de conformidad con el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, el cual sera publicado en el Diario Oficial y en el Periodico El Mundo o El Colombiano.

2008-0010 Rionegro, 1° de febrero de 2010.

La Secretaria, Luz Amparo Arbelaez Arboleda.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0354323. 16-III-2010. Valor: $30.400.

El Secretario del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Rionegro, Antioquia, HACE CONSTAR:

Que en proceso de jurisdiccion voluntaria de interdiccion por demencia, instaurado la señora Rosalba Atehortua Ospina en favor de Oscar de Jesus Atehortua Ospina y en sentencia de 26 de diciembre de 2008 se decreto la interdiccion definitiva por causa de demencia del señor Oscar de Jesus Atehortua Ospina;

providencia que fue confirmada por el...

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