Resolución número 0075 de 2014, por la cual se asignan seiscientos cincuenta y dos (652) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en los proyectos Urbanización Finzenú y Urbanización El Recuerdo del municipio de Montería - departamento de Córdoba - 4 de Abril de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 503301762

Resolución número 0075 de 2014, por la cual se asignan seiscientos cincuenta y dos (652) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en los proyectos Urbanización Finzenú y Urbanización El Recuerdo del municipio de Montería - departamento de Córdoba

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín49113

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012, modificado por el artículo 11 del Decreto número 2164 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda" , cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés socialy vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda".

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.

Que en el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012, modificado por el artículo 11 del Decreto número 2164 de 2013, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS).

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).

Que mediante Resolución número 0756 del 30 de septiembre de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, resolvió: "Artículo 1º. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios contenidos en la Resolución número 0901 del 23 de septiembre de 2013, expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda en especie, ante una Caja de Compensación Familiar del municipio donde residen, (...)", para diez proyectos entre los que se encuentran los denominados Urbanización Finzenú y Urbanización El Recuerdo en la ciudad de Montería, departamento de Córdoba, en las siguientes fechas: Apertura: Miércoles, 2 de octubre de 2013 y Cierre: Miércoles, 16 de octubre de 2013.

Que el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), suspendió la convocatoria antes mencionada, mediante Resolución número 0794 del 4 de octubre de 2013 y reanudada según Resolución número 0860 del 15 de octubre de 2013, estableciendo como fecha de cierre el 30 de octubre de 2013.

Que en cumplimiento de lo establecido en el Otrosí número 1 del Contrato de Encargo de Gestión número 0241 de 2012 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar - CAVIS UT, se realizó la entrega de las postulaciones para los proyectos Urbanización Finzenú y Urbanización El Recuerdo, de la ciudad de Montería, mediante Actas Cavis - UT 6381-2013 y 6814-2013, cuya captura realizó la Caja de Compensación Familiar - Comfacor, en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, para tal fin.

Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 24 de diciembre de 2013.

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 24 de diciembre de 2013, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó.

Que en cumplimiento del artículo 15 del Decreto número 1921 de 2012, modificado por el artículo 9º del Decreto número 2164 de 2013, Fonvivienda hizo entrega al DPS del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 27 de diciembre de 2013, radicada con el número 7220-E2-133083.

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto número 1921 de 2012, modificados por los artículos y 10 del Decreto número 2164 de 2013, expidió la Resolución número 00085 del 17 de enero de 2013, mediante la cual fija el listado definitivo de hogares beneficiarios con selección directa, para los proyectos Urbanización Finzenú y Urbanización El Recuerdo de la ciudad de Montería, departamento de Córdoba.

Que de acuerdo con el informe de evaluación de los proyectos ofertados por los proponentes remitido por Findeter a Fidubogotá, y de la propuesta económica respectiva, así como las promesas de compraventa suscritas entre los oferentes y Fidubogotá, el valor de las viviendas en los proyectos, Urbanización Finzenú, es de 70 SMLMV y en la Urbanización El Recuerdo, es de 70 SMLMV.

Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto número 2164 de 2013, asciende a la suma de veintiséis mil ochocientos ochenta y nueve millones ochocientos setenta y tres mil pesos m/cte. ($ 26.889.873.000), con el siguiente detalle, Urbanización Finzenú $ 8.005.410.000 y Urbanización El Recuerdo $ 18.884.463.000.

Que cumpliendo lo estipulado en los artículos , y de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita con Fiduciaria Bogotá.

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en la Resolución número 00085 del 17 de enero de 2014 expedida por el DPS que fueron seleccionados en forma directa y cumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto número 2164 de 2013.

Que de conformidad con el artículo 25 del Decreto número 1921 de 2012, un (1) hogar del proyecto Urbanización El Recuerdo, fue beneficiario del subsidio familiar de vivienda en dinero, asignado por Fonvivienda con anterioridad a la expedición de la Ley 1537 de 2012, que no había realizado el proceso de cobro antes de la postulación, y que resultó beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie, quien deberá aportar el subsidio asignado en dinero, al patrimonio autónomo que le indique la entidad otorgante.

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 12 del Decreto número 1921 de 2012, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Asignar seiscientos cincuenta y dos (652) subsidios familiares de vivienda en especie (SFVE) a hogares que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución número 00085 del 17 de enero de 2014...

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