Sentencia # 042 Nº 760013105009201700351-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 30-03-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924744689

Sentencia # 042 Nº 760013105009201700351-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 30-03-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de registro81620928
Fecha30 Marzo 2022
Número de expediente760013105009201700351-01
Normativa aplicada1. de 1979 Art. 12 / Decreto Decreto 614 de 1984 Art.24 / Corte Suprema de Justicia - Sala Laboral. Sentencia SL633-2020. Sentencia SL12707-2017. Sentencia SL16102-2014. Sentencia SL 5463-2015. Sentencia SL17216-2014. Sentencia SL2644-2016. Sentencia SL17058-2017. Sentencia L10194-2017. Sentencia SL10194-2017. Sentencia SL9355-2017. Sentencia SL2824-2018. Sentencia SL1110-2018. Sentencia SL1911-2019. Sentencia SL261-2019. Sentencia SL5154-2020. Sentencia SL3005-2021. Sentencia CSJ SL1900-2021
MateriaTESIS: Se acredita que el empleador omitió realizar los controles necesarios para la realización del trabajo seguro en alturas, en tanto: (i) no desarrolló controles en el medio, pues las pruebas indican que omitió dar las capacitaciones adecuadas al trabajador frente a una tarea que ni siquiera identificó en su panorama de riesgos, pues no fue aportado al plenario, y tan sólo como lo adujo el trabajador demandante, únicamente le realizaron capacitaciones de realización de nudos y de utilización del arnés, pero desde el primer piso; tampoco probó haber ejercido los controles administrativos o de vigilancia continua sobre la forma segura de realizarla; (ii) no ejerció controles activos en la fuente al no proveer líneas de vida o los puntos de anclaje necesarios para la realización del trabajo, pues como insistió el testigo Alfonso Tascón, no contaban con un punto diferente de la manila, pues debían movilizarse, y no tenían de donde asegurarla de un ángulo o una varilla gruesa y; (iii) no desarrolló controles en la persona, pues no suministró al trabajador demandante los elementos de protección personal adecuados, que para el caso concreto y para la fecha del accidente correspondía a un arnés de seguridad que cumpliera con condiciones de idoneidad TESIS: La póliza de responsabilidad civil extracontractual incluye la obligación de indemnizar por todo concepto, es decir, no solo el daño material sino el moral, cuando quiera que alguno de los trabajadores de la entidad tomadora y asegurada, sufre un accidente de trabajo, en donde se le impute a ésta la indemnización plena de perjuicios por culpa patronal
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