Sentencia # 135 Nº 760013105011202000310-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 28-04-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924745664

Sentencia # 135 Nº 760013105011202000310-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 28-04-2022

Sentido del falloCONFIRMA LA SENTENCIA APELADA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de registro81621010
Fecha28 Abril 2022
Número de expediente760013105011202000310-01
Normativa aplicada1. Ley 100 de 1993 Art. 46, 73 / Ley 797 de 2003 Art. 12 / Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral. Sentencia SL 2538-2021, rad. 87732 de 9 de junio de 2021
MateriaDEFENSA DE LA POBLACIÓN JOVEN EN SALVAMENTO DE VOTO - El cotizante no dejó acreditado el derecho a sus beneficiarios, el causante cotizó 30,7 semanas, realizadas en el último año / TESIS: Si bien establece condiciones favorables para la obtención de pensión en las personas menores de 20 años, ampliando hasta 26 años, esta situación es solo para casos de invalidez / Le parece a la sala mayoritaria que no es posible plantear una ampliación de la norma en la medida en que, está dentro de la libertad de configuración del legislador establecer los requisitos de la pensión de sobrevivientes, que de paso son distintos a la de invalidez y con finalidades totalmente distinta, pues, la denominada discriminación positiva con base en el artículo 13 de la Constitución Política busca proteger a la población vulnerable por razón de su estado físico o psíquico que permiten una protección ampliada. No es posible predicar analogía frente a la pensión de invalidez, en la medida en que no existe vacío normativo, ni laguna axiológica por cuanto, en principio, no existe una contradicción con principios o valores derivados de la finalidad de la pensión de sobrevivientes, como si se da en la pensión de invalidez, siendo distinto al caso cuando se presenta exceso de cotizaciones y el ordenamiento no responde frente a la protección debida con respecto a esa gran cantidad de semanas
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