Sentencia # 138 Nº 760013105010201500405-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 08-09-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901435544

Sentencia # 138 Nº 760013105010201500405-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 08-09-2020

Sentido del falloREVOCA LA SENTENCIA APELADA ABSOLUTORIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de registro81514998
Número de expediente760013105010201500405-01
Fecha08 Septiembre 2020
MateriaTESIS: Prevalencia a la norma más favorable, esto es, al artículo 39, en atención a lo establecido en los artículos 21 del Código Sustantivo del Trabajo y 53 de la Constitución Política que indican que, en caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalecerá la más favorable al trabajador. / Deben reliquidarse los intereses a la cesantía del demandante teniendo en cuenta el valor acumulado de la cesantía retroactiva. - Los intereses a la cesantía se liquidan sobre la cesantía acumulada que traiga el trabajador al año anterior; esto se dice por cuanto el actor es beneficiario de la retroactividad de la cesantía por haber ingresado a laborar para la demandada desde el 16 de marzo de 1992.
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