Sentencia # 146 Nº 760013105002201600552-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 17-06-2021
Sentido del fallo | MODIFICA PARCIALMENTE L A SENTENCIA |
Materia | TESIS: A pesar de que la literalidad de las normas (artículo 77 de la Ley 50 de 1990, artículo 186 del CST), prevén una prohibición de continuar con el contrato temporal una vez se ha superado el plazo de seis meses más la prórroga equivalente a un periodo igual, también lo es que los mismos cánones normativos establecen que si la causa originaria del servicio subsiste para la empresa usuaria, la misma no podrá prorrogar el contrato ni celebrar uno nuevo con la empresa temporal con la que contrato, o con una diferente, para la prestación del servicio, caso en el cual se deberá acudir a otra forma de contratación laboral distinta a la que se cumple a través de las empresas de servicios temporales. / No podía entonces haberse contratado al actor en reiteradas ocasiones, para el mismo cargo y las mismas funciones, toda vez que si la causa originaria del servicio subsiste para la empresa usuaria, la misma no podrá ni prorrogar el contrato ni mucho menos celebrar uno nuevo con la empresa temporal con la que contrató, o con una diferente, para la prestación del servicio, caso en el cual se deberá acudir a otra forma de contratación laboral distinta a la que se cumple a través de las empresas de servicios temporales, tal y como lo estipula el parágrafo del artículo 6 del Decreto 4369 de 200 |
Número de registro | 81556272 |
Fecha | 17 Junio 2021 |
Emisor | Sala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia) |
Número de expediente | 760013105002201600552-01 |
Normativa aplicada | 1. Constitución Política Art. 53 / Ley 50 de 1990 Art. 4, 71, 77, 99 / Código Sustantivo del Trabajo Art. 45, 47, 51, 62, 64, 65, 148, 186, 216, 488 / CPT y SS Art. 31 Paragrafo 2, 145, 151 / Código General del Proceso Art. 167 / Ley 1562 de 2012 Art. 5 Paragrafo 3 / Decreto 019 de 2012 Art. 142 / Decreto 2351 de 1965 Art. 7 / Decreto 4369 de 2006 / Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral. Sentencia 9435, 24 de abril de 1997. Sentencia del 24 de abril de 1997, radicación 9435. Sentencia Radicación 25717 del 21 de febrero de 2006. Sentencia con Rad. 46150 de 2014. Sentencia del 24 de abril de 2012, radicación 36.167. Sentencia del 6 de Abril de 2001 Radicación 13648. Sentencia del 9 de Agosto de 2011 Radicación 41490 / Corte Constitucional. Sentencia C – 102 de 2005 2. 3. 4. |
-
- Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex
Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días - PRUÉBALO
- Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex