Sentencia # 156 Nº 760013105006201700229-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 24-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879158829

Sentencia # 156 Nº 760013105006201700229-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Laboral, 24-06-2021

Sentido del falloMODIFICA PARCIALMENTE SENTENCIA
MateriaTESIS: El auxilio de cesantías retroactivas se caracteriza por su reconocimiento con base en el último salario devengado, o el promedio de lo percibido en el último año de servicios, en caso de que durante los últimos tres meses de labores el salario devengado hubiera sufrido modificaciones, o con base en todo el tiempo si la vinculación hubiera sido inferior a un año, en forma retroactiva, es decir, que se debe liquidar anualmente un salario por año o proporcional por fracción de año, multiplicando el último salario por el tiempo de servicio prestado, las cuales debe ser canceladas a la fecha de terminación del contrato del trabajador, con la salvedad de que el empleador, puede hacer pagos parciales de dicho rubro directamente al trabajador, para adquisición, construcción, mejora o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda, previa aprobación del respectivo inspector del trabajo, o, en su defecto, por el alcalde municipal.
Número de registro81556275
Número de expediente760013105006201700229-01
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Fecha24 Junio 2021
Normativa aplicada1. Ley 1459 de 2010. Art 21 /Ley 50 de 1990 /Código Sustantivo de Trabajo. Art 65, 249, 253, 254, 256
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