SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 133641 del 21-11-2023
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP17738-2023 |
Fecha | 21 Noviembre 2023 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 133641 |
HUGO QUINTERO BERNATE
Magistrado Ponente
STP17738-2023
Radicación no. 133641
Acta No. 221
Bogotá D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintitrés (2023).
VISTOS:
Resuelve la Sala la impugnación interpuesta por el apoderado general de SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., contra la sentencia de tutela proferida el 13 de septiembre de 2023 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la Sala de Casación Civil de esta Corte.
Fueron vinculados como terceros con interés legítimo en la actuación, las partes e intervinientes en el proceso civil No. 76001310301720190002501.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
María Rentería Vente, S.P.V.M. en nombre propio y representación del menor Duván Felipe Valencia Valencia, S.P.V.R., Kelly Johanna Valencia Valencia, A.C.R.R., Ángela Inés Ángulo Vence en nombre propio y representación de los menores J.M. y J.V.Á., presentaron demanda verbal de responsabilidad civil contra SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., con el fin de obtener el pago de la indemnización del amparo de vida de unas pólizas de seguro suscritas por Yimmi Valencia Rentería en el año 2015, quien falleció el 1° de noviembre de 2016.
La demanda fue repartida al Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de Cali que, en sentencia del 16 de octubre de 2019, negó todas las pretensiones de la demanda.
La parte actora recurrió en apelación, hecho que dio lugar a que en sentencia del 1° de diciembre de 2020 la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali revocara la decisión impugnada y, en su lugar, resolviera condenar a SURA a pagar a las demandantes las sumas aseguradas en las pólizas correspondientes.
Contra dicha decisión el extremo pasivo interpuso el recurso extraordinario de casación, el cual fue resuelto por la Sala de Casación Civil de esta Corporación, que en sentencia del 11 de julio de 2023 no casó el fallo del Tribunal.
El apoderado general de SURA, acudió al mecanismo de resguardo constitucional al estimar que la sentencia de casación presenta defectos de orden fáctico, sustantivo y por desconocimiento del precedente, pues dio por demostrado sin estarlo, que el tomador sufría obesidad mórbida al momento de la suscripción de las pólizas y, desconoció la normatividad y su propio precedente en relación con la aplicación de las reglas de la experiencia.
Arguyó que dichos defectos vulneran flagrantemente los derechos fundamentales de la compañía aseguradora, pues al desconocer la ley y las reglas jurisprudenciales aplicables al caso, obligan a la entidad a soportar una grave afectación a su patrimonio, como es asumir el pago de una condena que supera los 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Pretende por tanto que, en amparo de sus derechos fundamentales, se deje sin efectos la sentencia SC167-2023 y, en su lugar, se ordene a la Sala de Casación Civil proferir una nueva decisión en la que absuelva a SURA de todas las pretensiones de la demanda.
TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA
Por auto del 6 de septiembre de 2023, la Sala a quo admitió la tutela y corrió el traslado correspondiente a las autoridades accionadas y demás vinculados.
La abogada M.A.M., representante judicial de la parte demandante en el proceso objeto de censura, se opuso a la prosperidad del amparo al advertir que la presente acción no satisface los presupuestos de procedibilidad contra la providencia cuestionada.
El Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de Cali, hizo mención de las actuaciones relevantes en el proceso de responsabilidad civil contractual adelantado contra SURA.
La Sala Civil del Tribunal Superior de Cali se remitió a los argumentos expuestos en la providencia cuestionada.
Por último, la Sala de Casación Civil accionada aseguró que en la providencia de casación cuestionada se observaron los parámetros legales y jurisprudenciales aplicables al caso.
En sentencia STL9882-2023 del pasado 13 de septiembre, la Sala de Casación Laboral de la Corte...
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