SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 135550 del 13-02-2024 - Jurisprudencia - VLEX 1027967144

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 135550 del 13-02-2024

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP2600-2024
Fecha13 Febrero 2024
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior de Ibagué
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 135550

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP2600-2024

Radicación #135550

Acta 017


Bogotá, D. C., trece (13) febrero de dos mil veinticuatro (2024).


VISTOS:

Resuelve la Sala la impugnación presentada por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios ––USPEC––, contra la sentencia de tutela proferida el 16 de enero de 2024 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, mediante la cual amparó los derechos fundamentales de JORGE HUMBERTO MILLÁN RINCÓN, dentro de la acción que instauró contra la recurrente, el Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, la Personería Municipal de ese lugar, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría Regional, ambas del Tolima, la Dirección y el Área de Sanidad del Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta y Media Seguridad de Ibagué Picaleña, el Fideicomiso Fondo Nacional de Salud PPL y Ejemédica.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


El Agente oficioso demandante informó que J.H.M.R. cuenta con 76 años de edad, padece una grave afectación en su salud debido a las patologías de hipertensión arterial, afección cardiaca y cáncer de piel, y se encuentra privado de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta y Media Seguridad de Ibagué Picaleña.


Denunció que al interior del penal no se le garantiza de forma adecuada el servicio de salud, en contravención de sus derechos fundamentales, y por lo cual se pone en riesgo su vida.


Solicitó la protección constitucional en favor del agenciado y que, como consecuencia de ello, se ordene a las autoridades accionadas que, en lo de sus respectivas competencias, le aseguren un efectivo servicio de salud y un tratamiento médico integral.


TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA:


1. Por auto del 11 de diciembre de 2023, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá admitió la demanda y corrió traslado a los sujetos pasivos.


2. El Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué informó que vigila la pena de prisión de 16 años impuesta a JORGE HUMBERTO MILLÁN RINCÓN por el Juzgado 1º Penal del Circuito de esa ciudad, por el delito de acceso carnal violento agravado, de la cual, entre redención y tiempo físico, ha descontado 15 años, 5 meses y 21 días.


Expresó que no ha recibido solicitud del condenado dirigida a evaluar su estado de salud. Sin embargo, en virtud de los hechos denunciados en la tutela, ofició al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses para que le asigne cita de valoración, con el objeto de determinar si su estado de salud es incompatible con la reclusión intramural.


3. La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios ––USPEC–– informó sus funciones y obligaciones en el marco de la prestación de salud a la población carcelaria. Con fundamento en ello, afirmó que carece de legitimación frente a la pretensión del accionante.


4. El Fideicomiso Fondo Nacional de Salud PPL 2023, en igual sentido, solicitó separarlo de responsabilidad por carecer de legitimación. Afirmó que la prestación del servicio de salud al interno le corresponde a Ejemédica.


5. Ejemédica, a su turno, expresó que ha prestado la atención en salud al actor de forma adecuada, respecto de los servicios que están dentro del ámbito de su competencia. Los más recientes han sido: (i) el 7 de septiembre de 2023 consulta con médico general para atención con oncología, se tiene como diagnóstico tumor maligno de la piel y se ordena consulta por primera vez con especialista en cirugía plástica estética y reconstructiva; (ii) el 14 de septiembre de 2023 consulta con médico general a la que asiste por ser un paciente crónico, diagnosticándose hipertensión especial, tumor maligno e insomnio; (iii) el 28 de septiembre 2023 acude a consulta a causa de un hongo en su cabeza, se obtiene como diagnóstico dermatitis seborreica y ordena tratamiento con medicamentos; (iv) el 20 de octubre de 2023 acude a cita con medicina general para control, se diagnostica hipertensión y se ordena medicamentos como tratamiento para sus padecimientos de salud; (v) el 21 de noviembre de 2023 acude a medicina general a causa de necesitar un medicamento, se realiza reformulación de medicamentos adicionalmente para tratar una gastritis; (vi) el 23 de noviembre de 2023 acude a causa de sus afectaciones en la piel por el cáncer que...

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