SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 52156 del 02-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 841993984

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 52156 del 02-10-2019

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha02 Octubre 2019
Número de expediente52156
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaSP4178-2019





LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado Ponente


SP4178-2019

Radicación n° 52156

Acta 254


B.D.C., dos (2) de octubre de dos mil diecinueve (2019).


ASUNTO


La Sala procede de acuerdo con lo dispuesto en el auto inadmisorio de la demanda de casación, a examinar la legalidad de la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2017 por el Tribunal Superior de Tunja, mediante la cual condenó en segunda instancia a W.H.A.P. por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años en concurso homogéneo y sucesivo de hechos punibles.




HECHOS


La Sala en el auto inadmisorio de la demanda, los resumió de la siguiente manera:


En fecha indeterminada del año 2006 y hasta el 20 de abril de 2008, en el sector rural de El Valle de la vereda C. del municipio de Toca, la menor A.Y.M.C. de ocho (8) años de edad, quien para esa época vivía con su progenitora G.C. y su padrastro WILLIAM HUMBERTO ALBA PÉREZ, en varias ocasiones fue sometida por éste a diversos tocamientos impúdicos en diferentes partes de su cuerpo, algunos de los cuales comprendieron la introducción de los dedos en su vagina”1.



ANTECEDENTES


El 27 de marzo de 2014 en audiencia preliminar concentrada ante la Juez 1º Penal Municipal con función de control de garantías de Tunja, se legalizó la captura de ALBA PÉREZ; la Fiscalía le formuló imputación por los delitos de acceso carnal abusivo y actos sexuales con menor de catorce años agravados en concurso heterogéneo, homogéneo y sucesivo (arts. 208, 209, 211.2, 31 del Código Penal), cargos que el imputado no aceptó; y, pidió medida de aseguramiento de detención preventiva, la cual le fue impuesta en centro carcelario.

El 25 de abril del mismo año la fiscalía radicó el escrito de acusación; el 16 de septiembre lo adicionó incluyendo un nuevo elemento material probatorio; y, ese mismo día, en audiencia ante el Juez 5ª Penal del Circuito de Tunja, verbalizó la acusación.


El 4 de abril de 2016 el juez en consonancia con el anuncio del sentido del fallo, lo condenó por el delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado en concurso homogéneo y sucesivo y lo absolvió de la conducta punible de acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado en concurso homogéneo y sucesivo.


El 28 de noviembre de 2017, el Tribunal Superior de Tunja por vía de apelación revocó la absolución y condenó a ALBA PÉREZ por dicho delito, razón por la cual modificó la pena fijándola en ciento cincuenta (150) meses de prisión.

CONSIDERACIONES


La Sala en orden a garantizar el principio de doble conformidad judicial, de acuerdo con lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-792 de 2014, llevará a cabo el análisis de las pruebas con el objeto de verificar el fundamento de la primera condena, con el fin de materializar las garantías y derechos constitucionales y legales del acusado, prevalentes sobre los aspectos formales de la demanda inadmitida.


En cumplimiento de tal garantía corresponde establecer la legalidad de la responsabilidad penal de ALBA PÉREZ en el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, dado que en relación con su condena por los actos sexuales con menor de catorce años declarada por el a quo, la defensa y la fiscalía no mostraron inconformidad alguna con su sentido y consecuencias.


Para el Tribunal existe el conocimiento más allá de toda duda acerca de la...

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