SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105686 del 23-07-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842004515

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105686 del 23-07-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 105686
Fecha23 Julio 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP9628-2019




SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2


PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR

Magistrada ponente


STP9628-2019

Radicación 105686


Aprobado Acta No. 179

Bogotá D.C., julio veintitrés (23) de dos mil diecinueve (2019).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación presentada por CLAUDIA MILENA VERA LÓPEZ, contra la sentencia proferida el 15 de marzo de 2019 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó por improcedente el amparo promovido a instancias de la prenombrada frente a los Juzgados 7º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y 62 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad, por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso.

Al trámite fue vinculado el Juzgado 4º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. Para lo que compete resolver en el presente asunto, del escrito de tutela y documentos aportados al plenario la Sala destaca los siguientes hechos jurídicamente relevantes:


(i) Que C.M.V.L. fue condenada mediante sentencia proferida el 1º de septiembre de 2015, por el Juzgado 7º Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá a la pena de 160 meses de prisión, tras haberla declarado autora responsable del delito de inducción a la prostitución agravado.


(iv) Que en concepto de la parte accionante, la sentencia condenatoria se profirió con base en un testimonio falso, por lo que considera procedente la revisión del proceso, ante la evidente vulneración de su derecho fundamental invocado.


2. Por lo anterior, la parte actora acude ante el Juez Constitucional para que, en amparo de sus garantías fundamentales, intervenga en el proceso penal con radicado 11001600001720140031000 seguido en su contra y, como consecuencia de ello, disponga que se revise la sentencia, porque es al Estado al que compete demostrar la ocurrencia del hecho punible y la responsabilidad del acusado.


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:


Mediante auto del 5 de marzo de 2019, la Sala Penal del Tribunal a quo admitió la demanda y corrió el traslado respectivo a las autoridades accionadas.

En atención a ello, el Juzgado 7º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá refirió que, en efecto, el día 1º de septiembre de 2015 profirió sentencia condenatoria en contra de la aquí demandante, por el delito de inducción a la prostitución agravado, destacando que frente a dicha decisión no se interpuso recurso de apelación. Afirmó que la actuación se adelantó con el respeto de las garantías fundamentales de la acusada, con imparcialidad y adoptando la determinación que correspondía con base en las pruebas legalmente allegadas al proceso. Por último, resaltó que a pesar de tener conocimiento de la actuación y de ser oportunamente convocada, la actora no acudió de manera voluntaria a las audiencias.


A su turno el titular del Juzgado 62 Penal Municipal con Función de Control de Garantías, en respuesta al requerimiento efectuado, se limitó a informar que el 10 de enero de 2014 llevó a cabo audiencias preliminares de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en contra de CLAUDIA MILENA VERA LÓPEZ.


Mediante fallo del 15 de marzo de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, tras advertir que las manifestaciones de la accionante son vagas y sus pretensiones imprecisas, negó el amparo deprecado al considerar que aquélla tenía pleno conocimiento del proceso seguido en su contra y que el hecho de no haber sido cobijada con medida de...

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