SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002019-01585-01 del 07-11-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 07 Noviembre 2019 |
Número de expediente | T 1100102040002019-01585-01 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STC15206-2019 |
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Magistrado ponente
STC15206-2019
Radicación n.° 11001-02-04-000-2019-01585-01
(Aprobado en sesión de seis de noviembre de dos mil diecinueve).
Bogotá, D.C., siete (7) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).
Se decide la impugnación interpuesta por el convocante frente al fallo proferido el 3 de septiembre de 2019 por la Sala de Casación Penal de esta Corte, dentro de la acción de tutela que promovió L.N.G. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial y el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, ambos de Cali, extensiva al Juzgado Tercero Penal de la misma especialidad y urbe; trámite al que fueron vinculados las partes e intervinientes del asunto en que se origina la presente queja supralegal.
ANTECEDENTES
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El accionante reclamó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la legalidad y «preclusividad», presuntamente conculcados por las autoridades jurisdiccionales encausadas.
Suplicó, en síntesis, decretar la nulidad de las decisiones tomadas al interior de la causa penal n.º 2017-00970, para que, en su lugar, se realice la diligencia del artículo 447 del Código de Procedimiento Penal, acorde al allanamiento de cargos y preacuerdo realizados en la diligencia de formulación de imputación (folios 4 y 5, cuaderno 1).
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Del libelo y de las probanzas obrantes en el expediente, se extractan los siguientes hechos (folios 1 a 15; 49 vuelto a 54, cuaderno 1):
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Ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali se sigue acción punitiva contra el tutelante por el delito de «hurto agravado» en concurso heterogéneo con «concierto para delinquir», y «fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas», bajo la radicación referida a espacio; proceso en el que se negó la nulidad que sobre el escrito de acusación propuso la defensa de aquel, mediante auto de 3 de diciembre de 2018, determinación confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de ese mismo Distrito Judicial, el 5 de marzo de 2019.
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El promotor criticó la resolución desfavorable, en primera instancia y en alzada, de su solicitud de nulidad, puesto que con ello se avaló la improbación –por parte del Juzgado Cuarto Penal del Circuito– del preacuerdo llegado con el ente acusador, pese a que la etapa de formulación de imputación ya había culminado, violándose así el mandato de «preclusividad», propio del sistema penal acusatorio.
LAS RESPUESTAS DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS
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La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali pidió resolver desfavorablemente las pretensiones de la demanda tutelar, dada la ausencia de trasgresión a los intereses esenciales del reclamante (folios 48 y 49, cuaderno 1).
El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad, ulterior a memorar los aconteceres del proceso punitivo n.º 2017-00970, manifestó que su decisión de restar efecto al preacuerdo entre el quejoso y la fiscalía se debió a que dicho ente no forjó una imputación...
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