SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103450 del 12-03-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842022647

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103450 del 12-03-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 103450
Fecha12 Marzo 2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP3248-2019



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



STP3248-2019

Radicación Nº 103450

Acta 64



Bogotá, D. C., doce (12) de marzo de dos mil diecinueve (2019).



ASUNTO


Decide la Sala la acción de tutela instaurada por R.S.B., contra el Consejo Superior de la Judicatura, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, trabajo e igualdad, en actuación que vinculó al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Tunja, Boyacá.





ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Tunja adelantó proceso penal en contra del señor J.G. muñoz R., bajo el radicado 2015-03530, diligencias que se encuentran en etapa de juicio y donde R.S.B., actúa como apoderado del procesado.



Manifiesta Roberto Sandoval Ballesteros, que en su calidad de abogado, presentó memorial a través del cual solicitaba el aplazamiento de la audiencia de juicio oral , así como también adjuntó poder conferido por el procesado, ante la Secretaría del Juzgado Quinto Penal del Circuito, sin embargo le fue indicado por una funcionaria de ese despacho judicial que el J. le solicitaba retirar el documento, pues de lo contrario le compulsaría copias ante la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.



Refirió que, al iniciar la audiencia y luego de haberse presentado, solicitó y ratificó la solicitud formal de aplazamiento del juicio, a efectos de estudiar el tema a fondo y diseñar su estrategia de defensa.



Luego de escuchar su requerimiento, señaló que de manera ofensiva, el juez le recalcó que su conducta era «irresponsable y de mala fe», lo que afectó de manera negativa la opinión del cliente, quien le indicó que ante la indisposición del juez preferiría que se retirara del caso, más aun cuando se hizo una compulsa de copias y al solicitarla el uso de la palabra para la réplica contra las manifestaciones efectuadas por el funcionario judicial, éste le negó el derecho a refutar sus argumentos.



Por todo lo anterior y sumado a que se le negó toda oportunidad para defenderse, solicita a través de esta acción de tutela, la protección de sus garantías fundamentales y la concesión del aplazamiento de la diligencia, como reconocimiento al derecho de defensa y material.



TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA


Avocado el conocimiento del asunto, se ordenó correr traslado a los accionados para que ejercieran el derecho de contradicción, obteniéndose las siguientes respuestas.


1. Una Magistrada de la Oficina de Coordinación de Asuntos Internacionales y...

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