SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105188 del 28-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842041823

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105188 del 28-06-2019

Sentido del falloREVOCA CONCEDE TUTELA PARCIAL
EmisorSala de Casación Penal
Fecha28 Junio 2019
Número de expedienteT 105188
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cartagena
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP8656-2019




EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



STP8656-2019

Radicación Nº 105188

Acta No. 158



Bogotá, D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil diecinueve (2019).


ASUNTO


Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por H.M.F., contra el fallo de tutela proferido el 25 de abril de 2019, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, que denegó el amparo del derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por el Juzgado Primero Penal Especializado del Circuito, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y el Centro de Servicios Judiciales de Cartagena.


PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER


Corresponde a la Corte determinar si las entidades accionadas vulneraron el derecho fundamental de petición del actor, en tanto a su juicio, no resolvieron los requerimientos por él planteados a través de escritos de 10 de agosto y 10 de octubre de 2018.


ANTECEDENTES PROCESALES


A través de auto de 4 de abril de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, avocó el conocimiento del asunto y ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas, las cuales fueron debidamente notificadas a efectos de que ejercieran su derecho de defensa y contradicción.


RESULTADOS PROBATORIOS


1. Un funcionario del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Cartagena, constató que la petición de 10 de agosto de 2018, incoada por el accionante se encontraba «traspapelada», teniendo en cuenta la congestión de la entidad.


Señaló que, en vista de lo anterior, procedió a la búsqueda de la información, no obstante advirtió que no es competente para suministrar lo solicitado por el peticionario, en tanto el expediente por él requerido fue enviado a archivo definitivo, procediendo a emitir la respuesta correspondiente a HERNANDO MEZA FLÓREZ a través de oficio Nro. 0436 de 5 de abril de 2019, así como también remitió dicha solicitud a la entidad correspondiente, esto es a archivo central.


2. A su turno, la Juez Primera de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cartagena, manifestó que con auto de 23 de noviembre de 2017, ese despacho le concedió al accionante libertad por pena cumplida y en consecuencia, con oficio Nro. 1035 de 25 de abril de 2018, remitió el expediente para archivo definitivo al Centro de Servicios Judiciales de esa ciudad.


Advirtió que posterior a ello, el ciudadano presentó petición a ese juzgado, la cual fue resuelta a través de oficio Nro. 3112 de 8 de noviembre de 2018, indicándosele la imposibilidad de proceder a su solicitud teniendo en cuenta que no se contaba con el expediente, por lo tanto trasladó dicha petición al Centro de Servicios mediante oficio Nro. 3111 de 8 de noviembre de esa anualidad.


3. La Jefe de Archivo Central, informó que el 8 de abril de 2019, remitió correo electrónico al accionante, informándole que el expediente se colocaría a disposición del Centro de Servicios Judiciales, toda vez que esa oficina no está autorizada para expedir copias con constancias de ejecutoria.


Señaló que el 9 de abril de 2019, con oficio DSAJ-ARC-00387-29, envió el expediente al Centro de Servicios a fin de que se emitan las copias requeridas por el actor.


4. La Auxiliar Judicial II del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena, indicó que proferida la sentencia condenatoria en contra del actor, el 10 de julio de 2017, remitió el expediente al Centro de Servicios Judiciales, a fin de que se enviara al Juzgado de ejecución de Penas correspondiente.


Por consiguiente, señaló que la solicitud hecha por el señor HERNANDO MEZA no podía ser cumplida por ese despacho, circunstancias que le fueron informadas al accionante a través de oficio Nro. 4802 de 11 de abril de 2019.


EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, a través de fallo de 25 de abril de 2019, denegó el amparo invocado por el actor al...

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