SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101944 del 17-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842043918

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101944 del 17-01-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha17 Enero 2019
Número de expedienteT 101944
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral - Sala de Conjueces
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP270-2019



Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente



STP270-2019

Radicación n.° 101944

Acta n. 7


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil diecinueve (2019)


ASUNTO



Se resuelve la impugnación presentada por Rosario Porras de la Rosa, quien acude a través de apoderado judicial, frente a la sentencia proferida el 10 de octubre de 2018 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la igualdad.


Al presente trámite fueron vinculados el Juzgado 15 Laboral del Circuito de esa ciudad y ECOPETROL S.A.


ANTECEDENTES


Hechos y fundamentos de la acción


Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:


[…] La parte accionante instauró amparo constitucional con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad, presuntamente vulnerados por la autoridad accionada.


Adujo que presentó demanda laboral en contra de Ecopetrol S.A., con el fin de que le sea reconocida la pensión de sobrevivientes, pues convivió con su esposo E.A. de la Rosa por más de 40 años y procreó tres hijos; que el asunto le correspondió al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Barranquilla, que el 21 de febrero hogaño, condenó a la demandada al pago de la prestación pedida.


Manifestó que contra dicha determinación la parte pasiva interpuso apelación y el Tribunal, mediante providencia del 10 de julio del año en curso, confirmó el fallo de primer grado; que contra esa decisión interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue concedido por el Tribunal en auto del 8 de agosto de 2018.


Agregó que es una persona de 88 años, que sus condiciones de salud no son las más favorables, por lo que resaltó que «se hace nulo la concesión de un recurso de casación, sin tener en cuenta la vida probable» de la actora, pues lo que se evidenciaría a simple vista, es el no disfrute del derecho de la pensión por su avanzada edad.


Añadió que la entidad accionada interpuso dicho recurso extraordinario con el fin de que no pudiera gozar de la pensión, sometiéndola a un camino «tortuoso», truncándole así su derecho adquirido.


Así las cosas, solicitó que se...

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