SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105307 del 27-04-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842060249

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105307 del 27-04-2019

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP8961-2019
Fecha27 Abril 2019
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 105307





LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente


STP8961-2019

Radicación n° 105307

Acta 156




Bogotá, D.C., veintisiete (27) de abril de dos mil diecinueve (2019).



ASUNTO


Con ocasión de la nulidad decretada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual dispuso remitir el expediente a la Secretaría General de esta Corporación para que efectuara el reparto como tutela de primera instancia, se pronuncia esta Sala en relación con el amparo constitucional promovido por Esperanza Martínez Rodríguez, en contra del Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al «debido proceso, acceso a cargos públicos, derecho al trabajo y protección especial a la condición de madre cabeza de familia». Al presente trámite fueron vinculados la Unidad de Administración de Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura y los integrantes del concurso que pertenezcan a las diferentes listas de elegibles que tengan algún interés en el presente mecanismo constitucional.



1. LA DEMANDA

En los siguientes términos se resumen los hechos expuestos para sustentar la petición de amparo:


1. En virtud del Acuerdo No. 000-185 del 27 de noviembre de 2013 se convocó a concurso de méritos para la provisión de los cargos de empleados de carrera de Tribunales, Juzgados y Centro de Servicios Judiciales de Barranquilla. Cumpliendo los requisitos de Ley, se inscribió en el cargo de Profesional Universitario Grado 11 del centro de Servicios y equivalentes, encontrándose hoy en el registro de elegibles; cargo en el que solo existía una vacante, la que fue ocupada por el primero de la lista.


2. Revisados los requisitos para el desempeño en el cargo al cual se inscribió advierte que guardan similitud con los exigidos para el cargo de Oficial Mayor o Sustanciador de Juzgado Municipal y/o equivalentes, del cual existen vacantes sin proveer.


3. En virtud de una situación administrativa – licencia no remunerada- fue nombrada en el cargo de Profesional Universitario del Centro de Servicios de los Juzgados Penales Municipales, que desempeñó desde el 10 de noviembre de 2016 hasta el 8 de mayo de 2018. Durante ese período su nominador le asignó funciones de naturaleza de sustanciación y proyección, las que son iguales o similares con las realizadas en el cargo de Oficial Mayor o Sustanciador del Centro de Servicios Judiciales SPOA.


En el mes...

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