SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 108771 del 10-02-2020 - Jurisprudencia - VLEX 842092872

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 108771 del 10-02-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 108771
Fecha10 Febrero 2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP1182-2020

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente

STP1182-2020

Radicación n.° 108771

(Aprobación Acta No. 026 )

Bogotá D.C., diez (10) febrero de dos mil veinte (2020)

VISTOS

Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por J.T.Á.G., contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio el 28 de noviembre de 2019, que declaró improcedente el amparo invocado contra el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Villavicencio y la Fiscalía Segunda delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Villavicencio adscrita a CAIVAS.

La Defensoría del Pueblo Regional del Meta, Procuraduría Regional del Meta y a las partes e intervinientes del proceso penal radicado No. 50001 60 00 564 2018 03882 00, fueron vinculados como terceros con interés legítimo en el asunto.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron recogidos en la decisión de primera instancia en los siguientes términos[1]:

El accionante hace una relación de los hechos por los cuales se encuentra procesado, y manifestó que es un adulto mayor de 74 años, que siendo inocente y sin tener antecedentes fue sindicado del delito de actos sexuales en menor de 14 años.

Destacó que había interpuesto acción de tutela hace cinco (5) meses aproximadamente, por existir fallas en todo el procedimiento de captura e investigación posterior, lo cual conllevó a una medida de aseguramiento intramuros, la que afecto drásticamente su salud en todos los aspectos, pero a pesar de ello no le protegieron sus derechos fundamentales.

Sostuvo que, la única razón por la cual acude a la presente acción, es porque en todas las audiencias ha levantado la mano para hablar y nunca se lo han...

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