SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002020-00084-00 del 30-01-2020 - Jurisprudencia - VLEX 842103933

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002020-00084-00 del 30-01-2020

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC613-2020
Fecha30 Enero 2020
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002020-00084-00


L.A. RICO PUERTA

Magistrado Ponente


STC613-2020

Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-00084-00

(Aprobado en sesión del veintinueve de enero de dos mil veinte)


Bogotá D.C., treinta (30) de enero de dos mil veinte (2020).


Decide la Corte la acción de tutela promovida por Yiniliceth Roa Sarmiento contra la S. Civil del Tribunal Superior de Bogotá y la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.


ANTECEDENTES


1. La accionante, obrando por conducto de apoderada judicial, acude al presente mecanismo buscando la protección de los derechos fundamentales «al debido proceso -incluido el principio de congruencia- y al acceso material a la justicia».


2. De la extensa demanda, se puede extraer que Y.R.S. promovió, ante la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, demanda de protección al consumidor contra la empresa Colwagen S.A., que fue inadmitida y posteriormente rechazada, por cuanto no se acreditó el agotamiento del requisito de procedibilidad de la reclamación previa y directa ante la demandada.


Contra esta determinación, la convocante interpuso recurso de apelación que fue resuelto por el Tribunal Superior de Bogotá, el 22 de noviembre de 2019, confirmando lo decidido.


3. La gestora del resguardo asegura que las providencias indicadas en precedencia adolecen de «defectos (i) sustancial o material y (ii) fáctico al carecer del apoyo normativo y probatorio para rechazar de plano la demanda luego de ser admitida, por causales que la Ley contempla como de inadmisión, sin dar la posibilidad de subsanarla», amén que no se apreciaron correctamente los medios probatorios con los que sustentó el cumplimiento de la exigencia echada de menos.


Por lo que solicita «que se revoque o se deje sin efecto alguno los autos tutelados… ordenándoles al tribunal y a la superintendencia proferir unas nuevas decisiones que superen los defectos atrás referidos… [sic]».


RESPUESTA DE LAS ACCIONADAS


1. El magistrado ponente de la decisión de segunda instancia cuestionada, indicó que la misma «se ajustó plenamente a las disposiciones sustanciales y procedimentales que rigen la materia» por lo que solicitó denegar el amparo.


2. Quienes dijeron ser «apoderados generales de Porsche Colombia S. A.» se opusieron a la prosperidad de la salvaguarda habida cuenta que las determinaciones adoptadas por las autoridades encuentran soporte en el ordenamiento jurídico.


3. Un abogado que aseguró representar a Colwagen S. A. S., sostuvo que esa empresa «no es parte dentro del proceso»


CONSIDERACIONES


1. Problema jurídico.


Corresponde a la Corte dilucidar si el Tribunal Superior de Bogotá vulneró las garantías invocadas por Y.R.S., al confirmar el auto de la Superintendencia de Industria y Comercio que rechazó la demanda verbal de protección al consumidor que aquella promovió contra...

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