SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104655 del 04-06-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842110906

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 104655 del 04-06-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 104655
Número de sentenciaSTP7142-2019
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha04 Junio 2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA




PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada Ponente STP7142-2019 R.icación N.° 104655 Acta 133



Bogotá D. C., cuatro (4) de junio de dos mil diecinueve (2019).



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la impugnación instaurada por RUBÉN DARÍO RIAÑO DÍAZ, frente al fallo de tutela proferido por la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA el 3 de abril del presente año, mediante el cual negó el amparo constitucional invocado, en la demanda formulada contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE IBAGUÉ y el JUZGADO 6° LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS



Así los expuso la Sala de Casación Laboral:


El señor R.D.R.D., promueve acción constitucional con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales «al debido proceso, a la dignidad profesional y al trabajo», los cuales considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.


Manifiesta el promotor, que «R.D.P.H., instauró demanda ordinaria laboral en contra del Banco de Bogotá y el Instituto de Seguros Sociales, con el fin de que se declarara «que laboró para el banco demandado desde el 10 de mayo de 1973 al 19 de septiembre de 1985 y que se ordenara al empleador que acreditara las semanas cotizadas mediante «el correspondiente bono pensional»; y respecto del Instituto de Seguros Sociales, que le cancelara la indemnización sustitutiva».


Informa, que el proceso le correspondió por reparto al Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Ibagué, autoridad judicial, que mediante sentencia del 2 de octubre de 2007, condenó a la entidad bancaria, a cancelar los aportes a pensiones del trabajador demandante, y exoneró a la administradora de pensiones, de cualquier pretensión dineraria en su contra; que la Sala Laboral del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial, el 25 de febrero de 2011, al desatar el recurso de apelación presentado por el Banco de Bogotá, confirmó el fallo recurrido.


Que la parte demandada, instaura recurso extraordinario de casación, el cual fue resuelto por esta Corporación, el pasado 30 de mayo de 2018, disponiéndose no casar la sentencia del Ad quem; que en dicho proveído, se condenó a título de agencias en derecho, a la suma de «$7.500.000».


Expuso, que el 22 de noviembre de 2018, el Juez Sexto Laboral del Circuito de Ibagué, modificó la liquidación de costas efectuada, al advertir, que omitió incluir las impuestas en el trámite de segunda instancia en suma de «$390.621.00», a favor del demandante, y el mismo valor a favor de C., y la aprobó.


Contra la referida decisión, el doctor Rubén Darío Riaño Díaz, actuando como apoderado judicial de Rubén Darío Pomar Hoyos, interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación; el sentenciador de primera instancia, mediante auto del 19 de diciembre negó el primer remedio, y concedió el segundo; no obstante, la Sala Laboral del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial, el 12 de marzo hogaño, dispuso confirmar la decisión del A quo.


Reprocha el tutelante, que la autoridad judicial cuestionada incurrió en la vulneración de sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR