SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 4 nº 69976 del 30-07-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842132526

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 4 nº 69976 del 30-07-2019

Sentido del falloNO CASA
EmisorSALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 4
Número de expediente69976
Fecha30 Julio 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaSL3099-2019

A.M.M. SEGURA

Magistrada ponente

SL3099-2019

Radicación n.°69976

Acta 25

Bogotá, D. C., treinta (30) de julio de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Sala el recurso de casación interpuesto por ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. ELECTRICARIBE S.A E.S.P. contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el 7 de octubre de 2014, dentro del proceso adelantado por MARÍA NORIEGA DE RUIZ.

  1. ANTECEDENTES

M.N. de R. presentó demanda contra la Electrificadora del caribe S.A. E.S.P. (en adelante Electricaribe S.A.), con el fin de que se declarara beneficiaria del 100% de la sustitución pensional, de la pensión de su cónyuge causada a partir del 5 de diciembre de 2010. Que, en consecuencia, se condenara a la entidad al pago de la prestación económica por sobrevivencia, el retroactivo pensional, «[…] el 85% del valor de las facturas de energía mensualmente canceladas […]», la indexación y los intereses moratorios.

Como fundamento de sus pretensiones, en lo que interesa al recurso de casación, señaló que su cónyuge L.R.R.G. nació el 3 de julio de 1944; que este prestó sus servicios durante más de 20 años continuos a E.S.; que la sociedad le reconoció a su cónyuge la pensión de jubilación de carácter convencional desde el 9 de julio de 1988 y en cuantía de $2.057.732; que contrajo matrimonio con éste y convivieron durante 36 años; que el señor R.G. falleció el 24 de julio de 2010; que solicitó ante la accionada el reconocimiento pensional, sin embargo, fue rechazada aduciendo que «[…] la prestación no se trasmite a los beneficiarios del pensionado ya que ni la ley ni la convención lo prevén […]»; que igualmente solicitó al ISS la prestación económica por sobreviviente, la cual fue reconocida en cuantía de $1.007.131 a partir de diciembre de 2010.

Añadió que desde la fecha del fallecimiento del pensionado la demandada decidió suspender todos los beneficios convencionales que le habían sido otorgados a su cónyuge, incluyendo el descuento del 85% mensual de la factura de energía.

La accionada se opuso a la prosperidad de las pretensiones. En cuanto a los hechos, negó la convivencia aludida por la demandante, así como su dependencia económica del occiso, y aceptó los hechos restantes.

En su defensa, presentó la excepción de inexistencia de las obligaciones.

  1. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla, mediante sentencia del 22 de noviembre, resolvió:

PRIMERO: CONDENAR a ELECTRICARIBE S.A. E.S.P a reconocer y pagar pensión convencional de sobreviviente a la señora M.N.D.R., a partir del día 6 de diciembre de 2010, pero solo por el mayor valor que emerge entre la que le ha reconocido el ISS como pensión de sobreviviente legal y en calidad de cónyuge supérstite del señor L.R.R.G.; y la mesada que dicha entidad le cancelaba a este, en vida como pensión convencional. Esto, con sus respectivos incrementos de las mesadas legales adicionales a que haya lugar, debidamente indexada. Esto, en consonancia con las razones esgrimidas en la parte considerativa del presente fallo.

SEGUNDO: DECLARAR probadas parcialmente las excepciones de inexistencia de la obligación y genéricas, impetradas por la parte demandada.

TERCERO: ABSOLVER a ELECTRICARIBE de las restantes pretensiones de la demanda.

[…]

  1. SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA

Tras apelación presentada por la parte demandada, la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito de Barranquilla, el 7 de octubre de 2014 confirmó la decisión del a quo.

Para el Tribunal, no existió controversia frente a los siguientes hechos: (i) la calidad de beneficiaria de la pensión de sobrevivientes de la demandante; (ii) que esta contrajo nupcias con el occiso el 5 de enero de 1974; (iii) que el señor L.R.R.G. prestó servicio a la electrificadora de Córdoba S.A por más de 20 años y se retiró para disfrutar de su pensión de jubilación convencional; (iv) que el fallecido ostentaba la calidad de jubilado al momento del deceso.

Para fundamentar su decisión, el Tribunal planteó como problema jurídico a resolver, determinar la «[…] viabilidad de la sustitución de una pensión convencional. En otras palabras, la actora persigue que se condene a la electrificadora del Caribe s.a. a sustituirle la pensión de jubilación convencional de que en vida disfrutaba su esposo L.R.R.G. (Q.E.P.D), quien falleció el 5 de diciembre del 2010».

Sustentó que, según la sentencia CSJ SL, 19 jul. de 2011, rad. 47928, era posible concluir que no existía duda alguna de que la pensión de jubilación convencional es transmisible así no se encuentre consignado en las cláusulas de la convención, asistiéndole razón al a quo.

Explicó que la pensión de sobrevivientes es una prestación social que permite a las personas señaladas por la ley, disfrutar los beneficios pensionales que venía gozando el causante, y así «[…] proveer lo necesario para el sustento del hogar y que no quede desprotegido por su deceso, sino que por el contrario tengan la manera de poder seguir atendiendo a su subsistencia».

Debido a lo anterior, afirmó que «[…] no se encuentra la más mínima razón para que la pensión de jubilación de que gozaba el señor L.R.R.G. que en paz descanse no sea susceptible de transmisión a sus beneficiarios y especialmente a la persona que demostró ser su cónyuge como lo es la señora M.N. de R..

Por último, aclaró que al revisar la Convención Colectiva de Trabajo no se encontró la imposibilidad de transmitir y reclamar la sustitución pensional por parte de sus herederos o viuda. Por lo que, teniendo en cuenta que la calidad de cónyuge de la actora no fue discutida, era procedente sustituirle la prestación que en vida gozó su cónyuge L.R.R.G..

Con respecto a la petición del pago del «[…] 85% del valor de las facturas de energía mensualmente canceladas», no hizo mención alguna, manteniendo incólume las consideraciones del A quo al respecto.

  1. RECURSO DE CASACIÓN

Interpuesto por la demandada, concedido por el Tribunal y admitido por la Corte, se procede a resolver.

  1. ALCANCE DE LA IMPUGNACIÓN

Pretende la censura que la Corte case la sentencia recurrida para que, en sede de instancia, revoque el fallo de primer grado.

Con tal propósito formuló un único cargo por la causal primera de casación, no siendo replicado.

  1. CARGO ÚNICO

Acusó la sentencia del Tribunal de:

[…] violar de manera directa, modalidad de infracción directa, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR