SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 105691 del 22-07-2019
Sentido del fallo | CONCEDE TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 22 Julio 2019 |
Número de sentencia | STP10084-2019 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 105691 |
STP10084-2019
Radicación n° 105691
Acta 178
Bogotá, D.C., veintidós (22) de julio de dos mil diecinueve (2019).
Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela presentada por I.G.R., como Procuradora 269 Judicial I de Aguachica, C., en contra del Fiscal General de la Nación, Director Seccional de Fiscalías de M. Medio, Consejo Superior de la Judicatura, Consejo Seccional de la Judicatura de Cesar y Alcaldía Municipal de Aguachica; por la presunta violación de los derechos fundamentales de petición, igualdad, debido proceso, acceso a la justicia, y debido proceso.
1. LA DEMANDA
Expone la accionante que en desarrollo de su labor como agente del Ministerio Público ha observado una total desidia institucional respecto a la atención y prestación del servicio de justicia en la ciudad de Aguachica, C., en donde ocurren constantes cambios de Fiscales Seccionales y Locales ocasionados por la captura de tres de los titulares por actos de corrupción, y quienes son encargados temporalmente no pueden, en su fugaz paso, conocer los procesos penales en curso y mucho menos sustanciarlos como es debido.
Además, resalta que no existen suficientes despachos judiciales para atender a una amplia población que sobrepasa los 106.957 habitantes, ya que al menos se requiere la misma cantidad de funcionarios que tiene O., Norte de Santander, ciudad que cuenta con 26 en total, mientras que Aguachica apenas llega a 12 dependencias, entre juzgados y fiscalías de distinto orden.
Así, relata que en solo cuatro fiscalías de Aguachica se concentra un volumen de asuntos cercano a los 14.523 procesos penales, situación que evidencia una clara problemática que afecta a los usuarios de la justicia y a los pobladores de la región.
Por lo anterior, y con apoyo del P.M., mediante derecho de petición del 23 de enero de 2018, solicitaron al alcalde de Aguachica, que en cumplimiento del artículo 315 de la Constitución Nacional, realizara las gestiones gubernamentales tendientes a obtener un aumento de la planta de personal que administra justicia en dicho municipio, sin que a la fecha hubiere obtenido respuesta.
En el mismo sentido dirigió peticiones ante el Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General de la Nación, esta última que tampoco ha atendido su requerimiento elevado mediante petición radicada el 7 de febrero de 2019.
Por lo anterior, acude al medio constitucional como mecanismo idóneo de defensa judicial, para invocar la protección de sus derechos fundamentales y los de la comunidad que está siendo víctima de la impunidad por la indebida prestación del servicio público de justicia, motivo por el cual pretende que se ordene al Fiscal General de la Nación brindar respuesta oportuna a su petición y a la Dirección Seccional de Fiscalías del M. Medio que nombre las plazas vacantes de fiscales de forma indefinida y al Consejo Superior de la Judicatura que cree nuevos juzgados para cada especialidad de la Jurisdicción Ordinaria en Civil, Penal y...
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