SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103434 del 07-03-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842135599

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 103434 del 07-03-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP2932-2019
Número de expedienteT 103434
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha07 Marzo 2019



SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N.° 2


LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP2932-2019

Radicación n.° 103434

Acta 61


Bogotá, D. C., siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación interpuesta por Z.E.G., contra la sentencia de tutela proferida el 12 de febrero de 2019 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, que negó el amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por La Unidad de Administración de Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta. Al trámite fueron vinculados los terceros con interés.



FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


Según se establece de la demanda, Z.E.G. se inscribió a la Convocatoria 4 de 2017, encaminada a la provisión de cargos de empleados de carrera de Tribunales, Juzgados y Centros de Servicios del Distrito Judicial del Meta. No obstante, fue inadmitida por no cumplir con el requisito mínimo exigido para el cargo de aspiración, es decir, Auxiliar Judicial IV para Juzgado de Familia Promiscuo de Familia y Penal para Adolescentes.


Inconforme con la anterior determinación, la peticionaria presentó solicitud de verificación de documentos, pues en su criterio los cumple a cabalidad. Sin embargo, pese a que mediante Resolución CSJMER18-291 del 21 de diciembre de 2018 fueron incluidos algunos aspirantes, en Resolución CSJMER19-18 del 18 de enero de 2019, la entidad accionada, confirmó su exclusión.


Denunció que el Consejo Seccional de la Judicatura no respondió de fondo su solicitud con lo cual vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, y acceso a la carrera judicial.



Por tales motivos acudió a la jurisdicción constitucional y solicitó que se ordene al Consejo Seccional de la Judicatura del Meta que le permitan continuar en el proceso de selección.



TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:


Con auto del 30 de enero de 2019, el Tribunal admitió la demanda y corrió el traslado correspondiente a la entidad accionada.


El Presidente del Consejo Seccional de la Judicatura del Meta solicitó negar la protección constitucional reclamada. Indicó que se incumple el presupuesto de subsidiariedad, toda vez que no se han agotado los medios ordinarios de defensa dispuestos por el legislador. Además, no se acreditó la concurrencia de un perjuicio irremediable.


Así mismo...

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